La fiscal anticorrupción María Farnés Martínez Frigola llegó a cuantificar, en su escrito de conclusiones en el juicio oral del denominado caso Las Teresitas, el coste exacto "para el pueblo de Santa Cruz" -en relación directa con el lucro obtenido- de la operación de compraventa de las parcelas del frente de playa por parte los empresarios Ignacio González y Antonio Plasencia: 38.486.495,26 euros.

Este cálculo provocó la indignación en la vista celebrada en la Audiencia Provincial, entre septiembre del año pasado y enero de este, del exalcalde y ayer condenado Miguel Zerolo porque su principal argumento de defensa, además de apelar "a los informes técnicos favorables", fue siempre buscar "lo mejor para el pueblo". Por eso dejó claro que "volvería a hacer lo mismo, comprar los terrenos, una y mil veces, si con ello evito que se construyan hoteles".

Pero Farnés mantiene otra tesis: "Los acusados, con su comportamiento arbitrario y al margen de los procedimientos reglados y con su postura antieconómica e irracional en la fijación del precio pagado por los terrenos, propiciaron un lucro a ILT, en perjuicio del pueblo de Santa Cruz, de 38.486.495,26 euros".

¿De dónde sale la cifra? Basta coger una calculadora, como hizo la fiscal: los empresarios compraron las once parcelas del frente de playa por 33,7 millones de euros sin mover un ladrillo, los vendieron al ayuntamiento por 52,2 y obtuvieron otros 92 millones de la venta de los solares recalificados del Valle de las Huertas.

En pesetas, según la sentencia de 169 páginas, "el precio final pagado de 8.750 millones correspondía a la valoración de los mismos en unas condiciones que eran irreales y no correspondían a su verdadero valor de mercado, que, según la prueba practicada, se encontraba en una horquilla de entre 2.356 y 4.000 millones de pesetas (entre esas tasaciones estaba la de la arquitecta municipal Pía Oramas). En todo caso, una cifra que en su límite máximo es inferior a la mitad de la cantidad realmente pagada".

El tribunal "concede plena credibilidad a la declaración de la señora Oramas cuando se refiere a las conversaciones mantenidas en aquellas fechas con los acusados Manuel Parejo y José Tomas Martín y llega a calificar como colérica la reacción del señor Parejo, cuando le trasladó la imposibilidad de su petición: que se valorase el aprovechamiento de los terrenos sin tomar en consideración las circunstancias".

En este sentido, "los terrenos del Plan Parcial de Las Teresitas entre julio y septiembre de 2001 estaban afectados por la moratoria, no resultaba posible tramitar la modificación del planeamiento, ni aprobar el proyecto de urbanización, ni obtener licencia alguna hasta la entrada en vigor de las Directrices de Ordenación General y del Turismo o la aprobación del PIOT, y ya se tenía conocimiento de que el PIOT excluía los terrenos del Plan Parcial de Las Teresitas de los ámbitos de referencia turística, lo que significaba que no se iban a poder materializar los aprovechamientos urbanísticos de uso turístico, los únicos autorizados desde la entrada en vigor del PGO 1992".

Una prueba clave "confirma que Manuel Parejo y Víctor Reyes tenían conocimiento cierto de que una parte de los terrenos del frente de playa había sido ya cedida al ayuntamiento por medio del convenio de 1967 y que, cuando menos, existían dudas razonables sobre la titularidad de los mismos y que el ayuntamiento disponía de argumentos jurídicos para sostener que una parte relevante de los terrenos del frente de playa ya era de su propiedad".

En su relato, la sentencia especifica que "el acusado José Tomás Martín, en su condición de gerente de la Gerencia de Urbanismo, con la finalidad de dar mayor cobertura al convenio previamente pactado, redactó y firmó la memoria explicativa y justificativa del convenio urbanístico el 17 de julio de 2001. El exconcejal de Urbanismo Manuel Parejo dio el visto bueno a su contenido. La memoria justificaba el precio de 8.750 millones de pesetas".

En definitiva, "los terrenos ganados al mar a partir de la construcción de la playa artificial tenían, en la fecha de los hechos- y todavía en la actualidad-, la condición de dominio público, y la línea de deslinde vigente, sin lugar a dudas, era la fijada por OM 1961 (lo es todavía hoy), y no existe duda sobre que, conforme a la línea de deslinde vigente, una parte de las parcelas 7 a 11 del frente de playa invade el dominio público marítimo-terrestre y no es, por tanto, susceptible ni de apropiación por particulares ni de servir de soporte a aprovechamientos urbanísticos".

Otro punto fundamental: La tasación de Tinsa para CajaCanarias. "No existía, sino que se trataba de una tasación del frente de playa emitida por Tinsa el 9 de marzo de 2001 por cuenta de ILT, en la que el señor Domínguez Anadón había sido designado como contacto entre el cliente solicitante y los tasadores. Y el acusado Manuel Parejo llegó a reunirse con los tasadores de Tinsa para fijar las hipótesis o condicionantes de partida de la valoración. Esta tasación se incorpora como objetiva e independiente realizada por Tinsa para CajaCanarias. A tal fin, el acusado Miguel Zerolo se servirá de la ayuda de Rodolfo Núñez, presidente de CajaCanarias, que se prestará a presentar esa tasación de Tinsa como propia de la Caja y con una fecha posterior de emisión, de 19 de junio de 2001". La sentencia concluye que "la versión de los hechos presentada por el señor Rodolfo Núñez Ruano no ha resultado creíble para el Tribunal".

Otro "fleco": el préstamo concedido por CajaCanarias a ILT, "cuestionado por el Banco de España, que puso en duda la existencia de una valoración razonable del proyecto realizada por Tinsa" y porque "había sido concedido a una sociedad, ILT, el 50% de cuya propiedad estaba controlado por el acusado Ignacio González Marín, consejero de la propia Caja que había votado a favor de la concesión del préstamo. Ignacio González participaba en ILT por medio de Felipe Armas Jerónimo, que actuaba como su testaferro".

La fiscal María Farnés inició su trabajo de investigación hace más de una década y se cumplieron 15 años de la firma del convenio urbanístico de 2001, el origen de la etapa moderna de esta historia. Pedía 60 años para trece acusados, políticos y funcionarios, "por tramar un plan destinado a beneficiar a los empresarios con la venta de unos terrenos cuyo suelo era, total o al menos parcialmente, ya municipal". En resumen, por "no defender los intereses públicos sino los privados". El tribunal le ha dado la razón en parte a Farnés al condenar a seis de los acusados para "desenterrar la corrupción de la arena de Las Teresitas".