El llanto de la pequeña le molestaba mucho a su padre, J.L.M.M. y, hasta tal punto fue así, que advirtió a la madre de que: "¡O callas a la niña o la reviento¡". Según el testimonio ofrecido hasta ahora por parte de la progenitora, esa frase la pronunció a las dos de la madrugada del pasado domingo, es decir, pocas horas antes de que tuviera lugar el fallecimiento de la bebé de cinco meses, según consta en el informe preliminar elaborado por los médicos forenses.

La mujer investigada señaló que, por la mañana, cuando preparaba el desayuno, escuchó que su pareja ponía la música alta y chillaba "¡Qué te calles o te reviento!". Y después oyó un ruido compatible con un golpe a la pared.

Tras estar en un hospital del Puerto de la Cruz y pasar a la Unidad de Psiquiatría del Hospital Universitario de Canarias el pasado jueves, la mencionada joven pasó ayer a disposición judicial y el titular del Juzgado de Instrucción número 1 de La Orotava decretó su ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza por un delito de homicidio.

La autoridad argumentó esta medida en el riesgo que existe de fuga, ante la elevada pena de cárcel que puede conllevar una infracción penal de estas características.

En el auto de ingreso en prisión, el juez señala que la acusada aceptó vivir con J.L.M.M. y sus dos hijas "en unas condiciones absolutamente inadecuadas no ya solo para la crianza de las menores, sino manifiestamente insalubres".

El citado joven le llegó a decir a la investigada que "por qué no pasaba de la niña" de más edad, es decir, que esta menor se quedase a vivir permanentemente con su padre biológico. La madre de la fallecida también refirió varios episodios de violencia machista, con agresiones físicas y amenazas de diverso tipo.

Sin embargo, el juez considera que estos últimos hechos deberán ser analizados por otro juzgado de La Orotava y que, a los efectos de una pretendida excusa sobre el homicidio de la bebé, tales argumentos "resultan intrascendentes". Además, recuerda que sobre la supuesta violencia de género "no está probada", dada la inexistencia de procedimiento penal abierto, la inexistencia de denuncias previas y que la primera vez que hable de tales hechos es cuando se le comunica que está investigada por la muerte de la bebé. Ambos acusados se contradicen sobre el episodio de la caída accidental de la pequeña en la bañera.

las claves

El acusado le solicitó a su pareja que "pasara" de su hija de más edad y que esta se fuera a vivir de forma permanente con su padre biológico. Este asunto generó alguna agresión física a la joven.

El juez consideró que la madre aceptó vivir en unas condiciones absolutamente inadecuadas para criar a las menores y manifiestamente insalubres.