El Juzgado de Instrucción Número 1 de La Orotava ha decretado prisión provisional comunicada y sin fianza por un presunto delito de homicidio para la madre de la bebé de cinco meses fallecida el pasado domingo en el municipio tinerfeño de La Matanza, según han informado fuentes oficiales del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

La madre de la pequeña, de 19 años, fue citada en el día de ayer para declarar ante el juez en calidad de investigada, pero se encontraba ingresada en un hospital de Puerto de la Cruz por encontrarse bajo los efectos de haber ingerido bebidas alcohólicas y luego fue trasladada a la Unidad de Psiquiatría del Hospital Universitario de Canarias (HUC).

Una vez recibió el alta hospitalaria, la joven fue detenida y prestó declaración este mediodía en sede judicial por un presunto delito de homicidio, por el que el Ministerio Fiscal solicitó la prisión comunicada y sin fianza para así evitar el riesgo de fuga, mientras que la defensa solicitó su puesta en libertad provisional.

Al igual que ocurrió ayer con su pareja, que ya ha pasado su primera noche en prisión, el juez justifica su decisión en las "demoledoras" conclusiones del informe preliminar de la autopsia realizada al cadáver de la niña, donde se recoge que sufrió una muerte violenta tras recibir múltiples golpes en diferentes partes del cuerpo y en diferentes días, el más grave a la altura del hígado, que le produjo una hemorragia interna.

En su auto, el juez vuelve a hacer referencia al informe de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de La Matanza en el que se habla de una situación de riesgo que no impidió que la investigada decidiese ir a la casa familiar de su pareja, llevándose consigo a sus dos hijas, aceptando vivir en unas condiciones "absolutamente inadecuadas" no sólo para la crianza de las menores, sino "manifiestamente insalubres". Para el magistrado, "la importancia de este informe es evidente, por cuanto se describe una situación familiar tremendamente peligrosa para cualquier menor de edad que conviviese en ese domicilio".

En el atestado policial, la joven afirmó sufrir malos tratos por parte de su pareja, especialmente cuando su hija mayor pasaba algunos días de cada semana con el padre biológico, y sostuvo que incluso le llegó a amenazar con hacerle daño y con hacerle "la vida imposible" si lo abandonaba. No obstante, el juez alega que a los efectos de una pretendida excusa como partícipe en la muerte de la niña, estas alegaciones resultan "intrascendentes".

El magistrado se apoya en que con independencia de la acreditación de su condición de víctima de violencia de género -que tendrá su tramitación oportuna-, la misma no está probada dada la inexistencia de procedimiento penal abierto, la inexistencia de denuncias previas y habida cuenta de que la primera vez que sostiene que es víctima de malos tratos y amenazas es en el momento en el que se acuerda su declaración como investigada por el presunto homicidio de su hija.

Añade, además, que la condición de víctima de violencia de género no permite sostener -"ni siquiera mínimamente"- la asunción de un estado psicológico que le hiciese ser irresponsable (por omisión) de todos los hematomas que presentaba la niña o de su propia muerte. A su vez, considera que una vez expuestas las conclusiones forenses que se reseñan en la autopsia, la importancia del contexto familiar de riesgo y las alegaciones de la investigada sobre su condición de víctima de violencia de género, existen "serios indicios" de su participación y la de su pareja en la muerte de la bebé.

"MANIFIESTAS" CONTRADICCIONES.

Según el informe preliminar de la autopsia, la muerte de la niña tuvo lugar entre las 04.00 y las 09.00 horas del pasado domingo, cuando se encontraba junto a sus padres. Aunque éstos afirmaron que sufrió una caída en la bañera antes de acostarla, el informe preliminar de la autopsia es "contundente" al descartar esa posibilidad como la causante de la muerte. Asimismo, ambos investigados incurren en "absolutas y manifiestas" contradicciones sobre lo sucedido la noche y madrugada de los hechos.

La investigada afirmó que esa noche, antes de darle el biberón y ante el llanto de la pequeña, su pareja le dijo que "o callaba a la niña o la reventaba". Contó que ya por la mañana, mientras estaba haciendo el desayuno, escuchó como éste puso la música alta y chillaba "que te calles o te reviento", escuchando entonces un ruido como un golpe en la pared.

Al regresar a la habitación, vio a la menor con los ojos abiertos, "tristes", pero no le dio importancia porque estuvo enferma, por lo que desayunaron en la cama y, al rato, el padre se levantó rápido y acudió al parque donde dormía la niña, diciéndole que no respiraba e iniciando las maniobras de asistencia respiratoria. La madre relató que fue en ese momento en el que se percató de los múltiples hematomas que tenía la niña en la zona de la barriga y el abdomen.

Esta versión de lo sucedido es distinta a la que sostiene el padre de la pequeña, y con independencia de que la autopsia definitiva permita aclarar determinados aspectos, se revela en el informe preliminar que los hematomas que presentaba la menor fueron producidos en distintos días y rechaza la causa accidental de los mismos.

Como ya indicó en el auto que acordó la prisión del padre, el juez sostiene que la presencia de los dos en la misma habitación, así como sus declaraciones contradictorias, impiden determinar quién fue el causante directo de la muerte de la niña y quién permaneció en silencio aceptando la situación, pero en los dos casos, ambos son sujetos activos responsable de su fallecimiento.

El magistrado también hace hincapié en que es "imposible" que los padres de la menor no se dieran cuenta de la "amplísima" relación de hematomas, en todas las partes del cuerpo, que han sido identificadas con ocasión de la autopsia, y que su origen no podía ser otro que los malos tratos reiterados "sin que moviesen un dedo para ponerles fin".

Por último, el juez remarca que la pequeña tuvo que llorar por la gravedad de las lesiones y la causa de la muerte (hemorragia interna por rotura del hígado), debiendo alertar al progenitor que no fuera responsable de las mismas, y ve "innegable" la infracción de los deberes propios de toda madre, siendo responsable del fatídico resultado.