El jurado considera culpable a Jacinto S.M. tanto de la muerte de un joven que el 1 de marzo de 2015 entró en su finca de Arafo para robar, como de tener el arma homicida sin licencia. No obstante, por unanimidad se pide que el acusado no ingrese en prisión, si fuera posible legalmente, o que sea indultado, dada su avanzada edad. Como atenuante se tuvo en cuenta que el acusado "no buscó llegar a esta situación y si provocó la muerte del fallecido fue en un intento de salvar su vida y la de su familia".

El veredicto mantiene por unanimidad que el acusado actuó en defensa propia dada la situación de angustia, riesgo y temor vivida, pero se estima que "existían otras alternativas menos perjudiciales" que habrían podido evitar la muerte. Pese a reconocerse el peligro que la entrada de los asaltantes en el domicilio implicó para la familia y que no hubo previa provocación por parte de las víctimas, siete de los 11 miembros estiman que no quedó probado que usar el arma fuese la única alternativa. Más claro es el fallo sobre la tenencia ilícita de armas. En este caso por unanimidad se ratifica la culpabilidad al considerarse probado que el número de serie del revólver estaba parcialmente borrado y que su dueño era consciente de que carecía de licencia para usarlo, pues en su día tuvo un permiso para escopeta de caza. No obstante, en este punto se tiene en cuenta que el acusado reconoció ante las autoridades que tenía el arma y comunicó el emplazamiento de la misma.

Una mayoría de seis miembros del jurado no cree probado que Jacinto S.M. hiciese el segundo disparo para matar al joven, sino que solo buscaba hacer ruido para ahuyentar a los ladrones. Pero por unanimidad se mantiene que el acusado asumió el riesgo de acabar con la vida del intruso, dadas las pequeñas dimensiones de la habitación en las que efectuó este disparo. El Tribunal Popular discrepa de que tras usar el arma por primera vez, el joven se enfrentó al acusado con un palo, lo que le obligó a utilizarla de nuevo. Una versión en la que el Jurado detecta falta de pruebas y contradicciones entre los testigos. La Fiscalía mantuvo su petición de imponer una pena de prisión de dos años y medio por homicidio y otros dos por tenencia ilícita de armas. Solicitud a la que se une la acusación particular y a la que le suma una indemnización de casi 77.000 euros. En ambos casos apoyan la suspensión de la pena por tenencia ilícita de armas. La defensa anunció su intención de recurrir el veredicto al entender que "está lleno de incongruencias". Insiste en que su cliente no es culpable y sobre la condena pide que se aplique la pena mínima para el homicidio y seis meses para la tenencia de armas. El abogado cree que será muy difícil que se pueda suspender la entrada en prisión y sostiene que la posibilidad de que el anciano sea indultado es muy poco probable. Considera que el atenuante muy cualificado de actuar en defensa propia también se tendría que aplicar a la hora de fijar la indemnización.