El Tribunal Supremo (TS) rechaza que un menor haya sido objeto de torturas en el Centro de Mesa Ponte en La Laguna. El exinterno y su madre presentaron una denuncia contra dos vigilantes y un exdirectivo acusándoles de haber utilizado en dos ocasiones, a finales de 2004, a lo largo de once y cuatro horas respectivamente, un tipo de correas que se emplea en centros psiquiátricos.

Tras un juicio que se alargó varias jornadas en marzo de 2017, la Audiencia Provincial acordó la absolución de los tres imputados y del Gobierno canario, como responsable civil subsidiario. Y lo hizo al entender que el denunciante, que ya es mayor de edad, y su madre incurrieron en determinadas contradicciones en el relato de lo ocurrido. El fiscal pedía un año y medio de cárcel para cada uno de los procesados y 10.000 euros de indemnización.

El Supremo considera probado que el entonces menor fue sometido a una separación del grupo y a medidas de contención mecánicas en dos ocasiones, "sin que pueda precisarse en qué consistió su aplicación, ni la duración en el tiempo de las mismas". Pero lo cierto es que poco después las correas fueron retiradas por orden judicial y quedó prohibido su uso.

Tras conocer las declaraciones e informes de los distintos responsables del centro y del Gobierno canario, los tribunales consideran que las medidas adoptadas en aquellas jornadas tenían como objetivo evitar que el menor se autolesionara. La falta de concreción que existe en el informe sobre la duración del castigo queda en el aire al haber fallecido el educador-coordinador que lo había elaborado.

En cuanto a la presentación como prueba de unos cinturones en los que los peritos detectaron ADN y urea, la Sala determina que no se sabe si pertenecían a este centro o al de Valle Tabares. La Audiencia en primer lugar y el Supremo ahora echan en falta un parte médico en el que se refleje la existencia de torturas, por un lado, y la declaración de algún testigo que respalde la veracidad de las acusaciones, por otro. El denunciante declaró durante el juicio que el 19 de noviembre fue la primera ocasión en la que tuvieron lugar los hechos al ser reducido por ocho o nueve vigilantes tras declararse un "código rojo". En aquel entonces el menor permaneció amarrado 11 horas en una celda de aislamiento sin darle de comer ni permitirle ir al baño. En la segunda fue inmovilizado boca arriba, con los brazos en cruz y las piernas abiertas en forma de "V", a lo largo de cuatro horas y tampoco nadie acudió a socorrerlo, excepto un médico que no hizo caso de sus quejas, según el denunciante. Los tribunales cuestionan esta declaración, ya que durante el procedimiento varió la cifra de personas que lo inmovilizaron, entre otras cosas.

Otros casos falsos

El TS da validez a las palabras de un testigo, que aseguró que el joven tendía a formular quejas a través de su madre como estrategia de fuga. Dijo que, incluso, denunció haber sufrido malos tratos en otros centros y después se demostró que eran falsos. También se pusieron en evidencia las contradicciones en las que incurrió la madre en el relato de los hechos, de los que se enteró por su hijo, tras leer la noticia en los periódicos.