Dionisio R.S. y Marina C.G.D. mantuvieron desde 2001 una relación que puede ser calificada de "tóxica" y cuyo final parecía estar escrito; ella murió a manos de su compañero sentimental el 11 de mayo de 2016 y él ha acabado en la cárcel. Ayer un jurado lo consideró culpable del asesinato por asfixia que tuvo lugar en la casa que ambos compartían en el barrio de Cuesta Piedra, en Santa Cruz de Tenerife.

El tribunal se posicionó en contra de un posible indulto o una remisión condicionada de la pena y da por hecho que el asesinato se ejecutó de forma consciente, sin que se pueda aplicar la atenuante de alguna patología psiquiátrica o el consumo de alcohol.

La Fiscalía y acusaciones, integradas por el Instituto Canario de la Igualdad y la particular, solicitan 12 años de prisión y responsabilidades civiles que oscilan entre los 200.000 y los 150.000 euros. La defensa reduce la pena de cárcel a diez años, el mínimo para este tipo de delito y el pago que se determine en la ejecución de la sentencia. Podrían haber sido quince, pero se tuvo en cuenta que se declaró autor de los hechos. El propio fiscal fue quien calificó de "tóxica" esta relación plagada de denuncias mutuas por malos tratos y que supuso una condena de tres años y medio en 2008 a Dionisio R.S. por dar tres martillazos en la cabeza a su compañera y una orden de alejamiento por 10 años. Apenas se cumplía esta, volvieron a estar juntos y a sucederse los continuos abusos que condujeron finalmente a la muerte por asfixia. Ambos eran alcohólicos y en el caso de ella, además, estaba en tratamiento de metadona. Los esfuerzos de las acusaciones se centraron en demostrar que se trata de un asesinato y no un fallecimiento fortuito; que el acusado era consciente de lo que hacía y, además, lo llevó a cabo de forma fría y calculadora. El fiscal se refirió a los informes de los psiquiatras que lo califican de persona violenta, agresiva y brutal e incapaz de hacerse responsable de sus propios actos. Y ello es así hasta el punto de culpar a su pareja de lo ocurrido por insultar a su madre.

La representante del Instituto Canario de la Igualdad abundó en la misma línea y lo acusó de haber mentido durante su declaración, no sentirse culpable y lo tachó de "frío y violento". Por ejemplo, al no haber llamado a una ambulancia, ni pedir ayuda a los vecinos sino tomarse dos whiskies, un tranquilizante y fumarse un porro tras el asesinato. La acusación particular que representa a los familiares de la víctima llamó la atención sobre las palabras del agresor cuando dijo que había dado un ultimátum a su compañera si volvía a nombrar a su madre. Puso sobre la mesa sus antecedentes penales, como haber estado 17 años en prisión por atracar un banco y dijo que si su vida había sido difícil es porque así se lo había buscado. Recuerda que amenazaba a Marina con retirarle la custodia de su hijo.

El abogado de la defensa dejó claro que asumía la culpabilidad de su cliente, pero solicitó que el jurado tome en cuenta la realidad diaria de esta pareja, sumida en la exclusión social y en los continuos maltratos mutuos. "Está claro que iban a acabar mal. Los vecinos nos han contado que de los siete días de la semana apenas en uno no oían gritos y peleas entre ellos", indicó. De hecho, recordó que cuando la Policía llamó al 1-1-2 y se consultó la ficha de ambos, se llegó a preguntar quién había matado a quién.

La misma versión

El letrado defensor dijo que se ha entrevistado en cinco ocasiones con el acusado y en todas ellas contó la misma versión de los hechos. Asegura que no existió ensañamiento, que la muerte fue rápida y sin sufrimiento y pidió que se tenga en cuenta como atenuante que también padece alcoholismo. Por ello, considera que se debe aplicar la pena mínima para este tipo de delitos: diez años, frente a un máximo de quince.