Tras una intensa jornada de deliberación, los nueve integrantes del jurado popular consideraron -de forma unánime- probado que María de los Ángeles R.R y Juan Daniel P.R eran perfectos conocedores de la precaria situación económica que vivía su sobrina y que por eso urdieron un "plan preconcebido" con la intención de quedarse con el bebé que esperaba. Una vez que Mª de los Ángeles se percató de que su sobrina representaba un obstáculo para alcanzar el ansiado objetivo, le propinó continuas palizas que le ocasionaron numerosas heridas internas y externas aún sabiendo que se encontraba en un estado de total indefensión debido a la débil salud que tenía y que desembocaron en su fallecimiento el 18 de febrero de 2010.

En la lectura del veredicto, que los acusados escucharon atentamente, el portavoz del jurado aseguró que la tía de Yurena fue la autora de la muerte intencionada de la joven, y que todas las lesiones y fracturas que se hallaron en su débil y escuálido cuerpo fueron consecuencia de un "castigo o tortura desproporcionada que indica el tremendo sufrimiento de la víctima, a la que causaron un dolor mayor del necesario para matarla".

Igualmente resultó acreditado que la imputada dio "un trato tendente a anular y destruir como persona a su sobrina una vez que se dio cuenta de que era un obstáculo para sus pretensiones, cuestión esta que quedó reflejada en los múltiples testimonios de los vecinos que manifestaron que escuchaban los "insultos y degradaciones que sufría la víctima casi a diario", algo que llegó a minar de tal forma su la voluntad que era incapaz de responder a los mismos.

En cuanto al delito de retención ilegal, se aseguró que, con la intención de aislar a la joven de su familia, amistades y conocidos, Mª de los Ángeles la mantuvo detenida en la vivienda donde residían en el barrio de La Hoya, "con el fin de controlar todos sus movimientos y, en las escasas ocasiones en que salían a la calle, lo hacía acompañada de uno de los acusados", como atestiguaron los vecinos y amigas de la joven.

Por todo ello, basándose en la gravedad de los hechos y de los delitos cometidos, entienden que no es procedente que ambos "se beneficien de la suspensión de la ejecución de la pena que se le imponga ni que se proponga su indulto total o parcial".

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife acogió la pasada noche a algunos medios de comunicación y a parte de la familia de la joven, entre ellos, el padre, el hermano y la tía paterna, que recibieron con llanto contenido la lectura del veredicto.

La custodia del pequeño está hoy en día en manos de sus abuelos maternos y aunque durante el período que convivió con los acusados le impusieron el nombre de Daniel, igual que su tío, ahora se llama Gabriel, como el hermano menor de Yurena, tal y como ella quería que se llamase, según manifestaron sus amigos, dos de los cuales iban a ser los padrinos del pequeño.

La magistrada Francisca Soriano dejó pasadas las 22:30 horas el juicio visto para sentencia.

Petición de penas

El dolor y la muerte en cifras

La fiscal delegada contra la Violencia de Género, Francisca Sánchez, solicitó 25 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía, tres años más por un delito de maltrato habitual a los que se suman otros ocho años por el delito de detención ilegal. Aparte de esto, se añadió la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de Gabriel, el hijo de Yurena y al pago de una indemnización para el hijo de la fallecida, que el ministerio Fiscal cifró en 250.000 euros. La acusación particular, que se sumó a las peticiones realizadas por la fiscal, solo matizó la cantidad, que bajo su opinión se adecuaban a las demandadas en materia de responsabilidad civil y que alcanza los 300.000 euros. Por otra parte, los abogados de la defensa solicitaron la pena mínima en cada uno de los delitos y 50.000 euros de indemnización.