El Colegio Oficial de Enfermería de Santa Cruz de Tenerife tendrá que facilitar información sobre sus proceso electoral del Pleno del Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería del año 2016 a una ciudadana que lo había solicitado, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) lo instara a ello.

Esta reciente sentencia va en consonancia con una decisión que ya había dictado el Comisionado de Transparencia de Canarias frente al recurso interpuesto por el Colegio, que hasta el momento se había negado a facilitar a la reclamante determinados documentos que tenían relación con estas elecciones.

Ante la negativa a entregarlos, la ciudadana interpuso una reclamación en el Comisionado de Transparencia, que consideró que "el procedimiento electoral de un colegio profesional es claramente una materia sujeta a derecho administrativo, en tanto en cuanto se trata de proteger el interés público general como es el de que su modo de organización y de actuación sean democráticos".

El Colegio recurrió esta resolución, que concluía que "las candidaturas a los órganos de gobierno" de este colegio profesional debían considerarse como "información pública", lo que significa que existe "el derecho al acceso". El TSJC ha ratificado con su sentencia lo especificado anteriormente por el Comisionado.

Daniel Cerdán, comisionado de transparencia, recordó que "de las 421 resoluciones sobre el derecho de acceso a la información aprobadas en tres años, han sido recurridas únicamente 5, pero hasta ahora ninguna había sido invalidada por el TSJC".

Esta es la segunda sentencia que emite el juzgado sobre la actividad del comisionado, habiéndose dictaminado la primera también como favorable. Esta sentencia, además de instar al colegio profesional a garantizar el derecho de acceso a esta información pública, también le obliga al pago de las costas del pleito.