El Código Penal castiga a aquellos que provocan un incendio forestal con penas de entre 1 y 5 años de cárcel, condena que puede llegar hasta los 20 años si se ha puesto en peligro la vida o la integridad física de las personas.

Así se recoge en los artículos 351, 352 y 353 del Código Penal en su capítulo sobre los Delitos de Incendio, unos actos punibles que son competencia de los jurados populares, que deberán ser los encargados de declarar la culpabilidad o no de un pirómano.

Después serán los jueces los que impongan la pena correspondiente y deberán tener en cuenta si el fuego, además de afectar o no a las personas, lo ha hecho a una superficie forestal importante, si la erosión para el suelo es grave o se ha alterado significativamente la vida animal o vegetal del lugar.

Estas penas, a las que se suman multas económicas de hasta 24 meses, fueron criticadas ayer por la presidenta madrileña, Esperanza Aguirre, que ha exigido "castigos ejemplares" y que se agraven para los autores de incendios forestales como el que afecta esta semana a las localidades madrileñas de Valmaqueda y Robledo de Chavela.

Esa petición se suma al anuncio hecho el pasado mes por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, que dijo que la reforma del Código Penal que está ultimando su departamento incluiría aumentar de 5 a 6 años las penas para los causantes de estas catástrofes.

Sin embargo, el endurecimiento de las penas no convence a jueces y magistrados, que este verano han coincidido en explicar que esa medida no reducirá este tipo de siniestros, cuyo nivel de devastación achacan a la falta de inversiones en prevención.

Ni los portavoces de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Jueces para la Democracia (JpD) y el Foro Judicial Independiente (FJI), ni la Unión Progresista de Fiscales (UPF) y la Asociación de Fiscales (AF) han valorado positivamente el posible aumento de las penas.

Así, desde la mayoritaria APM, su portavoz, Pablo Llarena, comentó que "hay que ser conscientes de que un cambio de penalidad no va a hacer que disminuya la delincuencia" porque ello supondría "pensar que hay gente dispuesta a cometer incendios si las penas son de cuatro años y no lo está si son de cinco o seis".

Y desde la AF, Antonio Roma, ha subrayado que más que un aumento de las condenas, la Justicia debería modificar la competencia para juzgar a los responsables de estos delitos, ya que la de los jurados populares "no es la mejor".

El Código Penal también señala que cuando en un incendio provocado no concurre peligro para la vida o integridad física de las personas los hechos se castigarán como daños, que están penados con entre uno y tres años de cárcel.