El Tribunal de Justicia de la Unión Europea afirmó hoy que los órganos judiciales nacionales pueden declarar la nulidad de una cláusula contractual abusiva y extender dicha anulación a todos los consumidores que hayan firmado las mismas condiciones en casos de interés público.

La Corte de Luxemburgo se ha pronunciado así sobre una cuestión judicial remitida por un tribunal húngaro, acerca de una disputa entre la oficina nacional de protección del consumidor y la compañía telefónica del mismo país Invitel.

Los Estados miembros pueden estipular que si una cláusula contractual es declarada nula como consecuencia del ejercicio de una acción de interés público por una oficina de protección del consumidor contra un profesional, ésta cláusula deje de vincular a todos los que hayan celebrado un contrato con las mismas condiciones generales con ese profesional o empresa.

Una norma de esas características constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de cláusulas abusivas, según el Tribunal.

El caso en Hungría se inició después de que la oficina de defensa del consumidor registrase numerosas reclamaciones contra Invitel, que había incorporado de manera unilateral a las condiciones generales de sus contratos de abono una cláusula que le permitía facturar a posteriori a los clientes "gastos por giro" en caso de pago de las facturas por giro postal.

Los contratos no fijaban cómo deberían calcularse tales gastos por giro, según explica el Tribunal de la UE en un comunicado.

La oficina de defensa del consumidor estimó que esta cláusula era abusiva y solicitó a la Justicia húngara la declaración de su nulidad, además de la devolución a los clientes de Invitel de los importes cobrados indebidamente.