El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo hará pública hoy la sentencia de Gran Sala sobre el caso de tres residentes en Irlanda que tuvieron que viajar al Reino Unido para interrumpir su embarazo por diferentes motivos.

Las tres demandantes, que permanecen en el anonimato, son dos mujeres irlandesas y una lituana que invocan los artículos 2 (Derecho a la vida) y 3 (Prohibición de tratos inhumanos y degradantes) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, así como el artículo 14, referido a la prohibición de la discriminación.

La primera mujer es una ex alcohólica con 4 hijos dados en acogida, que se quedó embarazada "por accidente", porque pensaba que su pareja era estéril.

Pidió un préstamo para sufragar los gastos del aborto en una clínica privada británica.

La segunda demandante no quería ser una madre soltera por lo que, ante la sospecha de un embarazo extrauterino, decidió trasladarse al Reino Unido para abortar.

La última afectada se recuperaba de un cáncer y fue sometida a pruebas incompatibles con un embarazo cuando aún no conocía su estado.

Ningún médico le advirtió de los posibles riesgos para el feto y para ella, por lo que decidió abortar también en el Reino Unido.

Las tres demandantes aseguraron en su escrito, presentado en 2005, que las restricciones al aborto en Irlanda han supuesto un "sentimiento de oprobio y de humillación" y "han puesto en peligro la vida" de una de ellas.