El Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, pidió ayer al Tribunal Constitucional que rechace la petición del PP de suspender la vigencia de la nueva Ley del Aborto porque no hay previsión legal alguna que permita la suspensión de una norma con rango de ley aprobada por las Cortes Generales.

Así lo aseguraron los servicios jurídicos del Estado en el escrito de alegaciones presentado ayer al tribunal, en el que recuerdan que los poderes de suspensión que tiene éste "están tasados" y que no pueden extenderse a los actos o normas emanados del Parlamento, que gozan de "presunción de legitimidad".

"Sostener lo contrario supondría obtener artificiosamente los efectos de una suerte de recurso previo de inconstitucionalidad, que no contempla la vigente Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), y cuya supresión fue decidida por las Cortes Generales", añade la Abogacía del Estado.

También niega el Gobierno que la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad tenga algún efecto suspensivo sobre la Ley, tal y como argumentó el PP basándose en que el artículo 35 de la LOTC alude a la suspensión de los procesos judiciales que estén en marcha en ese momento.

El escrito pone como ejemplo el planteamiento de una cuestión de inconstitucionalidad en el curso de un recurso contencioso-administrativo contra un acto de la Administración pública y dice que "ni suspende la vigencia de la ley cuestionada, ni supone el otorgamiento de la suspensión del acto administrativo recurrido, que seguirá produciendo efectos".

La Abogacía del Estado rechaza que los recurrentes tengan derecho a la "tutela cautelar", ya que en el procedimiento "no se ventilan derechos o intereses propios de los actores" y la tutela "está dirigida a la defensa de derechos e intereses legítimos, cuya titularidad, representación o defensa ostentan quienes pretenden obtenerla".

En este sentido, el Ejecutivo recuerda que la Constitución otorga a los diputados o senadores -en un número mínimo de cincuenta- la legitimidad para presentar un recurso de inconstitucionalidad, pero no en atención "a un interés propio", sino a "su alta cualificación política".

"Siendo ello así, los diputados actores no defienden derechos o intereses, sino que su función es la de impulsar un mecanismo de depuración de los eventuales contenidos inconstitucionales de la norma legal, en defensa de un interés general que se concreta en hacer efectiva la supremacía de la Constitución como norma superior del ordenamiento jurídico", señala el escrito.

Así, según la Abogacía, la legitimación que la Constitución atribuye a los diputados para interponer el recurso de inconstitucionalidad "queda ''disociada'' de los derechos o intereses afectados por la Ley impugnada".

Señala, por último, que la nueva Ley del Aborto es plenamente constitucional, ya que "no introduce ex novo en nuestro ordenamiento jurídico las condiciones en las que es posible la interrupción voluntaria del embarazo".

reacciones

Mayor Oreja: "Que no se consolide"

El portavoz del grupo parlamentario popular en el Parlamento Europeo, Jaime Mayor Oreja, se mostró ayer a favor de establecer "todas las medidas posibles" para que la ley del Aborto "no se consolide en la conciencia de los españoles". En declaraciones a la Cope recogidas por Efe, Mayor Oreja opinó sobre la aplicación de la ley del Aborto, que es, "fundamentalmente, un falso nuevo derecho y eso significa una aberración moral y, probablemente, es la característica más degradante de lo que significa la dignidad de la persona".

La ministra de Sanidad, Trinidad Jiménez, recordó ayer a las comunidades que la ley de interrupción voluntaria del embarazo, que entró en vigor ayer, es de obligado cumplimiento para todas.