Presidente de la Fundación Canaria de la Construcción (Funcac) y administrador del grupo inmobiliario Bricansa, José Ana Pérez Labajos avanza que seguirán recurriendo la sentencia del Tribunal Supremo (TS) sobre el dique de San Andrés y recuerda que nunca se ha puesto en duda el interés legítimo de Bricansa en su reclamación por no poder ejecutar el muelle deportivo en el pueblo marinero.

Los empresarios que extrajeron los áridos en Güímar están a un paso de la cárcel. ¿Cómo lo valora?

Con todos los respetos a la Judicatura, me parece un verdadero disparate, un sinsentido e, incluso, una inmoralidad por parte de la sociedad. Lo considero injusto porque esta gente lleva un montón de años trabajando allí. De ello se han beneficiado el ayuntamiento y todas las empresas que han usado los áridos, por tanto toda la economía que se deriva de la construcción, que representa un montón de puestos de trabajo.

¿Quién es el culpable entonces?

Realmente es culpable toda la sociedad. Si no hubieran existido esos áridos, ¿cómo se habrían hecho cientos de viviendas, hospitales o fábricas? Un tema del que ha sido cómplice toda la sociedad se lo van a hacer pagar al empresario de la construcción.

Debería haber entonces, a su juicio, más culpables.

Creo que no hay culpables. Es una cosa que se tenía que hacer y se hizo. Lo que pasa es que ahora hay una complicidad en lo que se ha hecho y, como ocurre siempre, cuando hay un problema la gente se separa de él. Existe indefensión del empresario de la construcción, que al final sigue siendo la piedra de toque.

¿Qué mecanismo jurídico plantea para que el empresario se sienta más protegido?

Desde las asociaciones de empresarios se hace un trabajo importante en el sentido de tirar de la productividad, de que haya trabajo, pero, para nada, son beligerantes cuando un empresario tiene un problema en el que, posiblemente, se abuse de él, ya sea jurídica o administrativamente. Lo mismo que un trabajador tiene para protegerse la legislación, su sindicato y el estatuto de los trabajadores, esto no ocurre con un pleito que tenga un empresario de la construcción. Va a pecho descubierto. Por eso creo que una fundación puede hacerlo si se crea un gabinete jurídico "ex profeso" para ello.

¿De qué modo?

Que haya una organización en la que, entre sus funciones, aparte de la defensa de la productividad haya un gabinete jurídico que trabaje a favor del empresario promotor-constructor. Desde un plano también institucional.

Como promotor que es, ¿cómo valora la polémica entre el Cabildo y el Ayuntamiento de Santa Cruz a cuenta del derribo de algunos inmuebles históricos?

Eso demuestra la inseguridad jurídica y la cantidad de agujeros negros que hay y que deberían estar determinados. Es muy raro en la actualidad que cualquier empresario, sea pequeño, mediano o grande, que haga un disparate. Se pueden cometer errores porque hay una jurisdicción municipal, insular, regional, estatal y europea. Para mí tiene toda la razón el ayuntamiento; está favoreciendo el trabajo, el desarrollo, y que inmuebles que perjudican al resto de la zona en la que están se renueven. A veces se le dan valores artísticos, culturales o históricos a lo que no lo tienen.

Aquí se ha dado la circunstancia de que el Cicop ha informado de que no hay valores patrimoniales y, sin embargo, el Cabildo ha dicho lo contrario.

Por razones históricas, por lo importante que ha sido en la vida administrativa de Canarias, el Cabildo, muchas veces, se equivoca en cuanto a su autoridad.

En relación con el dique de San Andrés, decisión que afectó a Bricansa, ¿esperaba otro fallo del Tribunal Supremo?

Sí. La sentencia solo se refiere a una parte del proceso, no a todo el procedimiento. No toca para nada todo lo que ha ocurrido en los últimos tres años del procedimiento, en el sentido de nuevos conocimientos de los temas que han sobrevenido. El debate jurídico que ha habido en estos tres años y que ha sido autorizado por el Supremo tenía que haberse contemplado y hablarse de él en la sentencia. Presentaremos los recursos que la ley autoriza. Está incluso la posibilidad de pedir la nulidad.

¿Lo lógico no hubiera sido recurrir primero a los tribunales canarios y no al Supremo?

Se presentó en el Supremo porque hubo un acto del Consejo de Ministros que salió en el BOE y daba lugar a que los interesados intervinieran. Las cuestiones para autorizar el dique de San Andrés las basaban en las inundaciones como hecho excepcional, y eso no existe, porque vienen ocurriendo desde hace 50 años, como mínimo. Los ecologistas metieron la pata también porque intentaron anular la resolución del Consejo de Ministros pero solo nombraron las de los últimos tres años. Si hubieran presentado el informe del 112, con inundaciones registradas desde hace 30 años, la sentencia hubiera sido otra. El fallo no contempla la demanda del grupo inmobiliario Bricansa, pero no dice que haya falta de interés legítimo. Es decir, no se discute el interés, sino el camino elegido.

Se ha quejado de los cambios que se hicieron en la Sala que dictó la sentencia.

Siete días antes de que se pusiera fecha para el debate y fallo de la sentencia nombraron un nuevo magistrado ponente. Y al que sustituyeron, una magistrada, siguió en la sala. ¿Por qué no terminó el trabajo que había iniciado? Cosas como esta demuestran que todo el mundo se equivoca.

¿Han calculado la indemnización que les corresponde por no poder construir el muelle deportivo y Club de Mar de San Andrés?

Según el informe de dos peritos, el lucro cesante, con toda la valoración de los posibles daños, supondría una indemnización de 202 millones de euros. Pero Bricansa ha solicitado mucho menos. Cuando se presentó todo esto ante la juez que llevó el caso no hubo oposición con otras cifras, es decir, no se presentaron valoraciones alternativas. En todo caso, como la legislación contencioso-administrativa aconseja que se llegue a acuerdos extrajudiciales, esa es otra de las vías que existen.

¿Es totalmente inviable el dique con el muelle deportivo que se pretendía construir?

Eso se ha debatido. Un arquitecto ha presentado los estudios correspondientes que demuestran que es inviable.

Pero un derribo del dique ahora mismo sería no solo inviable, sino difícil de entender.

Nunca se ha pretendido el derribo del dique, sino su anulación jurídica. Por tanto, la desaparición de esta obra sería una consecuencia solamente teórica de la aplicación de la ley, y no una pretensión propiamente dicha, como es fácilmente entendible. Naturalmente, el verdadero objetivo de la empresa es que se reconozca su derecho a ser indemnizada al entender que entra de lleno en la responsabilidad patrimonial del Estado como derecho constitucional inapelable. Pero es asombroso la ignorancia de mucha gente. La indemnización es un derecho constitucional, aunque se interprete siempre como un enriquecimiento ilícito.

¿Confía en que finalmente este asunto se resuelva de manera favorable para Bricansa?

Sí. Esto ha sido un atajo que se tomó porque el anuncio del acuerdo del Consejo de Ministros dio lugar a que se presentaran los recursos, y, aunque ha habido retrasos, en tres años no ha habido dudas sobre el interés legítimo de Bricansa. Lo demás es cuestión de tiempo.