Se hizo esperar, pero ya es una realidad. El Ministerio de Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Costas, ha aprobado de forma definitiva el deslinde de la playa de Las Teresitas, el único obstáculo que restaba para que el plan especial que servirá para reordenar la playa, ahora en exposición pública, pueda ser, primero, aprobado de manera definitiva y, después, desarrollado.

Según el documento publicado el pasado 13 de febrero en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el deslinde del dominio público marítimo-terrestre comprende un tramo de costa de 1.476 metros de longitud de la playa.

Carlos Garcinuño, edil de Urbanismo de la capital, reconoce que esta publicación es "una buena noticia" para Santa Cruz, que dará, además, celeridad a la tramitación del Plan Especial de Las Teresitas.

El deslinde aprobado por Costas, anulado en un primer momento por un error de tramitación, apenas modifica al que existía hasta ahora (un par de metros). Por ello, no afecta al sentenciado edificio de aparcamientos de la cabecera de la playa, el "mamotreto".

El controvertido edificio sigue invadiendo, con este nuevo documento, la zona de servidumbre pública, que representa unos 400 metros.

Según consta en la publicación del BOE, durante el trámite de exposición pública del deslinde, recurrieron, entre otros, el Ayuntamiento de Santa Cruz; la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial; la Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza (ATAN); Inversiones Las Teresitas; la Plataforma por el derribo del "Mamotreto"; y hasta varios condenados por el caso "mamotreto", como el exedil Norberto Plasencia. Todas sus alegaciones fueron rechazadas.

Obras Públicas, por ejemplo, mostró su disconformidad con el trazado de la ribera del mar coincidente con la línea de deslinde, mientras que los condenados por el "mamotreto" alegaban que el estudio técnico de julio de 2016 no corregía ni podía corregir los errores de base del propio plano aprobado en 1961.

Según el departamento estatal de Medio Ambiente, se ha tenido en cuenta dicha Sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 19 de octubre de 2012, en el sentido de que "todos los terrenos incluidos en el deslinde se consideran necesarios para la protección y utilización del dominio público marítimo terrestre, puesto que resulta viable la recuperación de los mismos o su utilización para usos relaciones con el acceso y uso del dominio público marítimo terrestre, que no deben perder su naturaleza demanial".