La empresa Construcciones Dique del Este SA, encargada de construir la marina de Santa Cruz y el muelle de enlace diseñado por Herzog&DeMeuron, ha sufrido un nuevo revés judicial. En este caso se trata de una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que da la razón a Puertos en su negativa a entregarle a la adjudicataria una serie de documenos como son el plan estratégico vigente y el de acción.

Por el contrario, en 2014 el TSJC emitió otro fallo judicial firme que obligaba a la Autoridad Portuaria a "remover todos los obstáculos" para que la marina se haga realidad lo antes posible. Desde hace dos décadas Construcciones Dique del Este SA ha visto cómo ha sido imposible concretar el proyecto por los impedimentos surgidos. La inversión que están dispuestos a asumir llega a los 30 millones de euros.

En 2011, un Consejo de Administración de Puertos decidió revisar las condiciones de la concesión con el fin de que no hubiese ya impedimento alguno para ejecutar el que se ha planificado como uno de los principales puntos de acercamiento de la ciudad al mar.

Entre los obstáculos que deben ser levantados, según el fallo de 2014, estaba la aprobación definitiva y entrada en vigor del Plan Especial del Puerto en este ámbito, tal y como fue acordado, y cualquier tipo de condicionante administrativo.

El organismo estatal está obligado también a culminar su parte de las obras que se engloban en la segunda fase de remodelación de la plaza de España, según el proyecto de los arquitectos suizos. Precisamente, hace escasas fechas el Cabildo de Tenerife y el Ayuntamiento de Santa Cruz dieron a conocer el inicio de las obras para ganar otros 18.500 metros cuadrados en la segunda fase de la ampliación de la plaza. En la actualidad, algunos de los puntos de atraque ya han sido construidos. Esta concesión portuaria tiene la particularidad de que su vigencia solo empezará a contar a partir de que se ejecuten las obras del muelle de enlace, aprobadas desde el año 2005.

La concesionaria había solicitado que se le hiciera llegar el proyecto básico, de ejecución de la marina y el aparcamiento. Pero lo cierto es que, según ha podido contrastar el TSJC, todos ellos han sido enviados por el organismo estatal el 21 de abril de 2014.

En cuanto a la petición de que se le faciliten los planes de empresa de Puertos, la sentencia indica que se trata de una información de uso público de libre acceso en los presupuestos de la entidad.

Con respecto a la documentación que se ha negado a entregar Puertos, el TSJC dice que es una decisión "ajustada a derecho", ya que es posible hacerlo así "cuando prevalezcan razones de interés público, por intereses de terceros más dignos de protección". Y es que para el TSJC la motivación dada por la Administración es "en este caso suficiente", ya que se basa en un principio de "máximo interés", como es la insularidad.

"Garantizar la viabilidad económica de la actuación portuaria está por encima de las cuestiones privadas que puedan alegarse en una determinada concesión como la de la entidad recurrente, cuya existencia no puede considerarse en este caso relevante", recoge la sentencia.

Tanto para Puertos como para el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, los planes de empresa y el estratégico son "reservados y confidenciales", por lo que ni siquiera se publican en los boletines oficiales, excepto determinadas partes que se pueden comprobar en los presupuestos.