La sala de lo Penal del Tribunal Supremo aclaró ayer la situación procesal del exalcalde de Santa Cruz y actual senador de CC, Miguel Zerolo. Si su paso al Senado por designación del Parlamento regional pretendía servir de escudo por su condición de aforado, esta estrategia ha sido desmontada por los cinco magistrados que, en un auto firmado el 21 de mayo y difundido ayer, declaran que el Supremo es competente para investigarle y, en su caso, procesar y enjuiciar por un presunto delito de malversación de caudales públicos por el caso de la compraventa de Las Teresitas.

Los magistrados que así se han pronunciado son Juan Saavedra Ruiz, Julián Sánchez Melgar, Perfecto Andrés Ibáñez, Miguel Colmenero Menéndez de Luarca y Francisco Monteverde Ferrer. En la parte dispositiva del auto, se designa a Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre como instructor por el turno existente de esta causa separada por el aforamiento del senador. Además, se indica que, el resto de los hechos y los diez imputados restantes (entre los que destacan los empresarios Ignacio González y Antonio Plasencia, así como el exedil de Urbanismo Manuel Parejo), seguirán con la instrucción desarrollada en el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

Eso sí, en principio y al no haber más aforados entre los encausados, todo apunta a que el TSJC deberá remitir el caso y la instrucción al Decanato de los juzgados de Santa Cruz de Tenerife.

En todo caso, el Supremo asume solo la imputación a Zerolo de un supuesto delito de malversación de caudales públicos, después de que se le retirara el de cohecho, aunque se apuntaba también a la prevaricación. La jueza instructora, Carla Bellini, había defendido que el Supremo asumiera todo el caso en aras de la unidad del procedimiento. Sin embargo, la sala de lo Penal no lo cree necesario al considerar que el objeto de la investigación de la conducta del exalcalde "es ciertamente escindible del resto de la instrucción".

Eso sí, en caso de que las investigaciones en curso y la que ahora abrirá el Supremo lo obliguen, se aclara que se podrá ampliar esta decisión que incumbe solo a Zerolo y a dicho delito a otros imputados y posibles ilegalidades.

Perjuicio público

La decisión del Supremo se fundamenta en la exposición razonada enviada el pasado 3 de enero por Bellini y en la que apuntaba a los presuntos delitos de prevaricación y malversación de Zerolo. Entre otras cosas, y de forma muy contundente, la instructora le acusa de ser el último responsable de una compraventa de once parcelas que supuso un claro perjuicio para las arcas locales y un evidente beneficio para los promotores de Inversiones Las Teresitas.

Según señala, el alcalde "decidió y puso en marcha unos mecanismos administrativos cuya única finalidad era la compra por parte del ayuntamiento de las once parcelas que integraban el frente de playa de Las Teresitas a un precio a todas luces muy elevado y mediante la firma de un convenio que suponía un beneficio para los intereses privados y un grave perjuicio al erario público". Recalca que así lo refrendó la sentencia del Tribunal Supremo que declaró nula la compraventa el 3 de mayo de 2007. Además, le reprocha a Zerolo que supiera que la citada compañía había comprado las 101 parcelas de la Junta de Compensación tres años antes por 5.500 millones de pesetas y, "sin embargo, omite el acuerdo plenario sobre la reasignación de aprovechamientos urbanísticos para adquirir las parcelas", aparte de no tener en cuenta 4 tasaciones, incluso la de la arquitecta local.