El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Santa Cruz de La Palma ha decidido, sin prejuzgar el fondo del asunto, la suspensión cautelar de la sanción de empleo y sueldo durante un año impuesta por el Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma a uno de sus policías, por supuestamente ejercer una segunda actividad sin autorización.

El afectado presentó un recurso por la vía judicial que aún no ha sido resuelto sobre el procedimiento llevado a cabo hasta la sanción establecida por decreto de la Alcaldía.

El juez ha decidido suspender la sanción hasta que haya una sentencia firme sobre el fondo del asunto, teniendo en cuenta que no está acreditado "que se cause un perjuicio inmediato al servicio o interés público por el hecho de que el recurrente continúe con el desempeño de sus funciones en tanto los hechos constitutivos de la sanción no están directamente relacionados con el servicio público".

En el auto de suspensión de la sanción se hace hincapié además en que "es indudable que es un perjuicio económico para el recurrente verse privado de su salario durante doce meses".