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Editorial Leoncio Rodríguez S.A.

DOMINGO, 1 DE ABRIL DE 2000

TIPOLOGÍA

Manuel Morales, en su calidad de abogado, detalló las distintas figuras o tipologías de ocupación de viviendas, legales o no, que se pueden dar en la actualidad.

De acuerdo con su clasificación, éstos serían los principales perfiles: en primer lugar, estaría aquella persona que, bien con violencia o con intimidación en las personas o las cosas, ocupa un bien inmueble. Esta actuación está penada en el Código Penal con sanciones que van desde los tres a los dieciocho meses; en segundo lugar, aquella persona que, sin consentimiento del propietario, ocupa un bien inmueble que se encuentra vacante pero no utiliza la fuerza, y cuya acción está penada con multas de entre tres y seis meses (éste sería el caso prototípico del ocupa); en tercer lugar, se encuentra el «precarista», quien ocupa un inmueble sin pagar renta por él y con consentimiento del propietario. Por último, existe el «arrendatario», la persona que con consentimiento del propietario paga una renta por ocupar un inmueble.



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