El Tribunal Constitucional (TC) concluyó hace unos días, concretamente el 21 de diciembre de 2017, que el párrafo tercero del artículo 197.1.a de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) es "inconstitucional y nulo". Un pronunciamiento que, de haberse producido hace cuatro años, concretamente en diciembre de 2013, hubiera impedido que el actual alcalde de Tacoronte, Álvaro Dávila (CC), recuperara, por orden judicial, la Alcaldía que había perdido en una moción de censura que hizo alcalde a Rodolfo León.

El proceso judicial abierto contra la polémica censura acabó en el TC después de que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) planteara, en agosto de 2014, una cuestión de insconstitucionalidad para aclarar si se ajustaba a la Carta Magna la obligación de incrementar la mayoría necesaria para una censura cuando algunos ediles firmantes fueran expulsados de su partido.

El TC ha anulado, cuatro años después, el argumento legal que devolvió la Alcaldía a Dávila, por lo que el principal afectado, el exalcalde Rodolfo León, lamenta que la justicia les haya dado la razón "tan tarde": "Los cinco concejales que presentamos la moción de censura insistimos en su momento en que éramos objeto de una doble injusticia: la expulsión del PSOE y la anulación de la censura. Recientemente, el PSOE ha venido a darnos la razón de manera implícita, al rechazar los pactos en cascada, argumento en el que se basó la expulsión que pretendió convertirnos en tránsfugas, obviando el interés del municipio para proteger el pacto regional".

"El TC viene a darnos la razón también en la legitimidad de la censura y compromete el informe de la secretaria municipal y la sentencia del juez que restituyó a Dávila en la Alcaldía y no planteó la cuestión de inconstitucionalidad. Además, el TC convierte a Dávila en el primer alcalde inconstitucional de la democracia".