El Ayuntamiento de La Orotava ha logrado cumplir, por primera vez, con el periodo medio de pago a proveedores que establece la ley 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. En la sesión plenaria de ayer, el gobierno local dio cuenta del informe sobre este ratio correspondiente al primer trimestre de 2017, cuando las facturas a proveedores se pagaron en una media de 24,68 días. El límite legal está en 30 días.

Todos los partidos de la oposición valoraron la mejora en este indicador, que en el trimestre anterior era de 32,40 días y hace un año alcanzaba los 45,13 días.

El edil de Hacienda, Juan Dóniz (CC), destacó que se ha logrado recortar el periodo medio de pago de las facturas gracias a las mejoras en la gestión en áreas del consistorio como Contratación y, en especial, al esfuerzo de los técnicos municipales.

En la sesión también se aprobó, con una enmienda de Coalición Canaria, una moción de USP para tomar medidas contra el rabo de gato, entre las que se incluyen una campaña de concienciación y la puesta en marcha de un grupo de voluntariado para colaborar en la erradicación de esta planta invasora.

También salió adelante, con la abstención de USP, una propuesta del PP para plantear al Cabildo de Tenerife y a Red Eléctrica Española (REE) que apuesten por una central hidroeléctrica reversible "aprovechando el embalse existente en Aguamansa y la llamada charca de Los Ascanios".

La Corporación villera aprobó por unanimidad una moción de USP para prohibir el uso del glifosato para el control de las malas hierbas, y CC y PP sacaron adelante una moción conjunta para pedir el apoyo de los diputados canarios al proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2017.

Dos sentencias contra el restaurante Sunset 290

En el pleno de ayer se dio cuenta de las dos últimas sentencias, de principios de este mes, que dan la razón al Ayuntamiento de La Orotava en su contencioso con el restaurante Sunset 290, ubicado en una ladera del paraje protegido de El Rincón. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº3 desestimó el recurso de la empresa contra el acuerdo plenario que ordenaba el cierre del establecimiento, y la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) también ha desestimado el recurso de la empresa contra las medidas cautelares decretadas por el consistorio, que incluían la orden de cierre del local. El gobierno local (CC) entiende que la sentencia del TSJC es "de aplicación inmediata" por lo que está a la espera de que los servicios jurídicos municipales informen para decretar el precinto de una actividad que carece de licencia y se desarrolla en una zona donde está "expresamente prohibida".