El Tribunal Supremo no ha admitido el recurso presentado por el portavoz del PSOE en el Ayuntamiento de Guadiana del Caudillo, Francisco Moreno, para que este municipio cambie su nombre en cumplimiento de la Ley de la Memoria Histórica.

Según ha informado hoy el Consistorio en nota de prensa, con esta resolución, el alto tribunal confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) que daba la razón al Ayuntamiento y establecía que lo acordado en su día por el pleno municipal era conforme a la ley y al reglamento de la población, por lo que "no es necesario cambiar el nombre del pueblo".

Además, el Ayuntamiento de Guadiana del Caudillo considera que el fallo del TSJEx dejaba claro también que el catálogo de vestigios ya fue redactado y aprobado por el pleno municipal y en él se concluye que no existen vestigios que incumplen la Ley de la Memoria Histórica.

Con esto, a juicio del Consistorio, se demuestra que la Administración Local "ha cumplido doblemente" con la sentencia y con el artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica, ya que, además, este catálogo no ha sido impugnado, dentro de los plazos legales, por lo que su aprobación es definitiva.

Ante la resolución del Tribunal Supremo, el equipo de gobierno de Guadiana del Caudillo insta al Grupo Socialista en el Ayuntamiento a que "abandone, de una vez por todas, la batalla de las disputas ideológicas que nada tienen que ver con los problemas diarios de nuestro pueblo".

Además, pide la dimisión de Francisco Moreno, a quien se le imponen las cosas procesales, por un importe de 2.000 euros, por "haber utilizado políticamente" el conflicto del nombre durante los dos últimos años.