La Junta Electoral Central (JEC), compuesta por jueces del Tribunal Supremo y por juristas, ha aprobado este miércoles un acuerdo en el que concluye que el pasado 1 de octubre no hubo en Cataluña ningún referéndum que se ajuste al ordenamiento jurídico y que, por tanto, los resultados que ha proclamado la Generalitat carecen de valor.

En ese acuerdo, recogido por Europa Press, la JEC recuerda que es la administración electoral competente para declarar y publicar resultados de referendos en España y que, conforme al propio Estatuto catalán, también es quien da validez a los resultados de las elecciones autonómicas.

Según dictamina, el pasado 1 de octubre "no ha tenido lugar en Cataluña ningún proceso que pueda considerarse como referéndum en ninguna de las modalidades previstas por el ordenamiento jurídico".

HASTA CUATRO MOTIVOS DE ILEGALIDAD

Y no fue legal "ni por el sujeto que lo convocó", la Generalitat de Catalunya, porque era "incompetente" para hacerlo; "ni por la forma en que se hizo", ya que se "vulneraron" resoluciones firmes del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña; "ni por su objeto", pues es "inconstitucional" decidir la secesión; "ni por la notoria ausencia de toda garantía de objetividad y transparencia en su desarrollo, escrutinio y control".

Por tanto, la JEC sostiene que "carecen de todo valor lo que se vienen presentando como resultados del llamado referéndum de autodeterminación".

El acuerdo, adoptado este miércoles aprovechando una reunión ordinaria del máximo organismo arbitral, no sólo se va a hacer público sino que, según indicaron a Europa Press fuentes de la JEC, se remitirá directamente a la Presidencia de la Generalitat, que ostenta Carles Puigdemont.