La Audiencia Nacional ha condenado a cinco años de cárcel a Raja El Aasemy por delito de colaboración con organización terrorista y entiende que la joven, que en el juicio negó los hechos que se le imputaban, llevó a cabo una campaña de difusión de material en las redes sociales con el "único sentido" de "presentar como heroico el combate del DAESH.

En un auto de este viernes al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Primera de la Sala de lo Penal concluye que la acusada, que se enfrentaba a una petición la Fiscalía de nueve años de prisión, fue "superando las dudas que tenía inicialmente hasta tomar la determinación de desplazarse al territorio ocupado por el Estado Islámico".

La joven, que permanece en prisión provisional desde su detención en septiembre de 2015 en Gandía, dijo en su declaración ante el tribunal que cuando se trasladó a España procedente de Marruecos en 2014 "era muy occidental" y que se acercó al DAESH por influencia de una amiga llamada Laila y porque "era un poco tontita".

Además rechazó tener intención de viajar a Siria y aprovechó el turno último de palabra para exponer ante al tribunal que no era terrorista y que lo único que quería era volver con su familia y retomar los estudios. No obstante la Sala que preside Fernando Grande-Marlaska le condena por delito de colaboración con organización terrorista aunque le absuelve de delitos de integración, auto-adoctrinamiento y tentativa de desplazamiento a territorio controlado por organización terrorista.

La investigación de la causa puso de manifiesto que la joven tenía cuatro cuentas diferentes de Facebook, dos en Youtube (con 81 vídeos de contenido yihadista), una en Google Plus y otra en Twitter y que el tribunal atribuye a la condenada la cual dejó comentarios como "¿hasta cuándo vais a estar ahí sentados?" "¿No veis las aleyas que incitan a la yihad?".

DESCARTA VINCULACIÓN ESTABLE CON EL EI

"No solo se ha estimado probado que hizo público un contenido que presentaba al EI como heroico sino que mantuvo contactos con individuos concretos a los que facilitó hasta consejos sobre forma de desplazarse a las zonas de conflicto", reza la sentencia que añade que el tiempo en el que mantuvo esa postura "aunque no es despreciable tampoco es lo suficientemente prolongado para considerar que es una persona con una vinculación estable y permanente con el EI", añade.

La Sala rechaza la petición de la defensa que planteó la nulidad de las pruebas periciales aportadas por los agentes y concluye que "las fuerzas y cuerpos de seguridad patrullan por la Red del mismo modo que sus agentes patrullan por las calles" y añade que no se ocultó material probatorio a la defensa ni a El Aasemy.

Durante la vista oral el fiscal Vicente González Mota se refirió a la dureza de algunos de los vídeos incautados, visionados en la sesión y que recogían entrenamientos de jóvenes terroristas en Siria, decapitaciones practicadas por niños o información relativa al EI acompañado todo esto por cánticos y leyendas incitando a la lucha y amenazando con represalias a quienes vayan en contra del Califato.