El Tribunal Superior De Justicia De Asturias (tsja) Ha Declarado Nulo El Escrutinio Del Voto De Los Residentes Ausentes (cera) En La Circunscripción Occidental Y Ordena Repetir La Votación En Un Plazo De Tres Meses.

El Tsja Estima Así El Recurso Presentado Por Foro Asturias Contra El Acuerdo De Las Juntas Electorales Provincial Y Central De Proclamación De Electos En Los Comicios Autonómicos Del 25 De Marzo De 2012 Relativo A La Circunscripción Occidental.

El Fallo Del Tsja Señala Que El Resultado Alcanzado Mezclando Los Votos Recibidos Por Vía Diplomática Con Los Que Llegaron Por Correo Ordinario A La Junta Electoral Central, Europa Press El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha declarado nulo el escrutinio del voto de los residentes ausentes (CERA) en la circunscripción occidental y ordena repetir la votación en un plazo de tres meses.

EL TSJA estima así el recurso presentado por Foro Asturias contra el acuerdo de las Juntas Electorales provincial y central de proclamación de electos en los comicios autonómicos del 25 de marzo de 2012 relativo a la circunscripción occidental.

El fallo del TSJA señala que el resultado alcanzado mezclando los votos recibidos por vía diplomática con los que llegaron por correo ordinario a la Junta Electoral Central, pudiendo alterar el resultado final de la elección, "atenta la exigencia garantista preconizada en la reforma de la LOREG por la Ley Orgánica 2/2011, al haber faltado al principio de verdad material, arrojando un grado de confusión, frente al mantenimiento de los principios de objetividad y pureza del proceso electoral que a la Junta corresponde hacer efectivo".

Señala también que, con la emisión de los votos discutidos dirigidos directamente a la Junta Electoral sin pasar por el Consulado, el elector "se ha apartado por razones únicamente a él imputables" de las precisas reglas que en la legislación electoral regulan el ejercicio de votos de los residentes ausentes.

En respuesta al PSOE, que sostiene en su escrito que los votos cuestionados no alteran el resultado electoral, el TSJA mantiene que no se puede hacer un cálculo matemático para asegurar tal extremo, "cuando se desconocen todos los datos de los votos emitidos de forma irregular".

Con esta decisión queda en el aire el escaño que se disputaban el partido liderado por Francisco Álvarez Cascos y el PSOE. Si finalmente ese escaño fuese a parar a Foro, este partido podría sumar mayoría absoluta junto al Partido Popular, prescindiendo del escaño logrado por UPyD, que se había convertido en la llave del gobierno asturiano.

El PSOE ya ha anunciado que recurrirá la decisión del TSJA ante el Tribunal Constitucional. Los socialistas tienen un plazo de tres días para presentar el recurso y el Tribunal Constitucional deberá resolver en un plazo de 15 días.

CONTRA EL CRITERIO DE LA FISCALÍA

La sentencia del TSJA se produce en contra del criterio de la Fiscalía, que había pedido esta semana que fuese desestimado el recurso de Foro contra el escrutinio a raíz de que la Junta Electoral Provincial incluyese como válidos 332 votos de emigrantes que llegaron directamente por correo y no por valija diplomática, como establece la ley electoral.

Esta decisión ha obligado a que la Mesa del parlamento asturiano, que finalmente será presidida por el PSOE, se formase este viernes con los votos de 44 diputados, en lugar de los 45 que forman la cámara, al quedar el escaño número seis de la circunscripción del occidente asturiano en el aire hasta que se repitan el voto emigrante en esa zona.

Por el momento, los grupos quedan de la siguiente manera, el PSOE se quedaría con 16 diputados, Foro con 12, el PP con 10, IU con 5 y UPyD con 1 escaño.

PRESIDENTE DEL TSJA: ACATAR LAS SENTENCIAS FIRMES

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), Ignacio Vidau, ha señalado que, con independencia de opiniones jurídicas, las sentencias firmes deben "acatarse y respetarse".

Vidau ha incidido en que no es su función y ni considera que deba entrar a analizar ni valorar el fallo, al tiempo que ha recordado que no cabe recurso ordinario sino recurso extraordinario de alzada ante el Tribunal Constitucional.

Ignacio Vidau ha resaltado que el fallo "es claro" y "anula el voto de los emigrantes inscritos en el CERA en la circunscripción occidental" y "manda que se proclamen nada más que los cinco primeros diputados dejando el sexto en función de la repetición de la votación".

Por su parte, el fiscal jefe del Principado, Gerardo Herrero, ha apuntado que en caso de recurso ante el Constitucional, su fiscalía mantendrá la misma posición que la Fiscalía en Asturias de oponerse a la petición de Foro. "Siempre dijimos que preferíamos la posibilidad de repetir las elecciones antes que anular el voto sin más", ha matizado.