La Audiencia Nacional ha absuelto por falta de pruebas a los 14 acusados de actos de ''kale borroka'' que comparecieron en un juicio en el que el presidente del tribunal, Alfonso Guevara, protagonizó un incidente a gritos con el abogado ''abertzale'' Zigor Reizabal, al que pidió investigar después de que éste abandonara la sala de vistas alegando que él y sus compañeros no habían preparado el procedimiento porque habían alcanzado una conformidad con el fiscal que finalmente no llegó a producirse.

En una sentencia hecha pública este miércoles, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal absuelve a todos los acusados, que se enfrentaban a penas de entre 4 y 12 años de cárcel por los delitos de colaboración e integración con organización terrorista y depósito de sustancias inflamables, al no hallar indicios de que participaran en actos de violencia callejera ocurridos en San Sebastián entre 1996 y 2000.

La resolución judicial, de la que ha sido ponente la magistrada Ángeles Barreiro, pone de relieve la "orfandad probatoria" de la acusación planteada por el fiscal Luis Barroso, que rebajó sus penas porque el procedimiento judicial estuvo paralizada durante cuatro años. Al mismo tiempo, destaca que no existen pruebas de que los acusados formaran "un grupo organizado y estable que participara en actividades de lucha callejera desde el año 1996, en apoyo de la estrategia de ETA".

El fiscal pedía siete años de cárcel para Aitor Abanda Pagola e Ibon Toledo Portu, camareros del bar ''Herria'', en cuya bajera se halló material para la confección de ''cócteles molotov'' que se habrían utilizado en los ataques. Además, solicitaba otros seis años para José Antonio Astigarraga, Aitor Domezain, Gorka Iruretagoyena, Garakoitz Mendizabal, Lartaun Rodríguez y Beñat Echart. Todos ellos alegaron durante el juicio que los hechos ocurrieron en la década de los noventa y que en la actualidad tienen "trabajos, familias e hipotecas".

ERAN MENORES DE EDAD

En todos los casos el tribunal sostiene que no se ha podido demostrar que participaran en actos de violencia callejera una vez que alcanzaron la mayoría de edad, por lo que su eventual responsabilidad penal ya habría sido depurada por la Fiscalía de Menores. En el caso de Beñat Echart, por ejemplo, el Ministerio Público acordó el sobreseimiento de ocho procedimientos contra él.

El tribunal también absuelve a los miembros de la Junta Directiva de la asociación ''Herria'' Miren Agurtzane Zubiaurre, Francisco Gabriel Isasa, José Ángel Catalán, Josetxo Ibazeta, Francisco de Asís Rodríguez y Fernando Bert Arretxea, que se enfrentaban a dos años de cárcel.

A pesar de que el material explosivo y la documentación sobre ETA y Jarrai que fueron encontrados en el local tenían "un destino ilícito", los magistrados de la Sección Tercera consideran que "no está probado" que los miembros de la asociación "tuvieran conocimiento" de su existencia y hubieran "prestado su consentimiento" para su almacenamiento. "Los miembros de la Junta no son garantes del comportamiento de todos sus asociados", afirman.

La resolución judicial también critica que el fiscal Luis Barroso rebajara su tipificación a un delito de colaboración con organización terrorista, al argumentar que los delitos de desórdenes públicos imputados a los acusados "constituyen en sí actos delictivos que escapan al delito de colaboración". A renglón seguido, añade que "la figura del colaborador no actúa en coordinación, pues varios cooperadores organizados constituyen por definición un grupo organizado".

Durante la vista oral, que quedó vista para sentencia el pasado 2 de diciembre, el fiscal defendió la participación de los acusados en ataques con líquido inflamable a instalaciones de Correos, teléfono y juzgados, la quema de autobuses y cajeros, la realización de pintadas a favor del reagrupamiento de presos y el lanzamiento de piedras a edificios públicos. Otro procesado por estos hechos, Aitor García Justo, no fue juzgado por encontrarse encarcelado en Francia.