El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) confirmó hoy la congelación de fondos de la compañía nacional de petróleo de Irán para el período comprendido entre el 16 de octubre de 2012 y el 16 de enero, fecha en la que la Unión levantó sus sanciones contra esa sociedad iraní.

El alto tribunal sostiene en una sentencia que el Consejo de la UE, es decir los países miembros, eran competentes para inmovilizar los fondos de la Compañía Nacional Iraní de Petróleo (NIOC, en inglés) sobre la base de los criterios que había establecido.

Preocupado por el programa nuclear y balístico de Irán, el Consejo inmovilizó en 2012 los fondos de una serie de entidades propiedad del Estado iraní en el sector del petróleo y del gas.

De este modo, el Consejo congeló en octubre de 2012 los activos de la NIOC por ser una entidad estatal administrada públicamente que facilita recursos financieros a la Administración de Irán.

El ministro del Petróleo es el director del Consejo de Administración de la NIOC y el viceministro del Petróleo es el director general, argumentaban los países miembros.

La NIOC reclamó, sin éxito, la anulación de esa decisión ante el Tribunal General de la Unión Europea y por ello interpuso un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia.

Mediante su sentencia dictada hoy, el Tribunal de Justicia desestima el recurso de casación de la NIOC y confirma la inmovilización de sus fondos.

Según esta sentencia, la inmovilización de fondos de la NIOC fue válida hasta su desbloqueo el 16 de enero de 2016, como consecuencia del levantamiento de la mayor parte de las sanciones impuestas a Irán por la Unión Europea y la comunidad internacional.