El Gobierno aprobó ayer un real decreto sobre los recursos propios de bancos y cajas que penaliza los "superdepósitos", delimita las altas remuneraciones en la banca y fija requisitos para que las entidades que hayan recibido dinero público puedan pagar retribuciones variables a sus directivos. Según el tamaño y la actividad de la entidad, obliga a crear un comité de remuneraciones que apruebe esos sueldos.

Entre el 40% y el 60% de la remuneración variable, que incluirá las aportaciones a planes de pensiones, se pagará en un plazo mínimo de tres años y la mitad de ella, en acciones u otros instrumentos en función de los resultados del grupo. Algo que ya han empezado a hacer varias de las principales entidades.

En el caso de aquellas que reciban fondos públicos, las retribuciones variables sólo se podrán abonar si lo considera oportuno el Banco de España, que además podrá limitar la remuneración total. De esta forma se podría evitar el riesgo de que muchas entidades incrementaran sustancialmente el salario fijo para compensar la eliminación de la parte variable.

Sobre la "guerra del pasivo", la nueva norma obliga a las entidades que apliquen intereses altos a sus depósitos a realizar contribuciones adicionales al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD). Los importes recibidos por los clientes que excedan los límites fijados se ponderarán en un 500% para calcular las aportaciones al FGD. Esto supone más que duplicar la penalización que en un principio planteó el Ministerio de Economía y que criticaron algunas de las entidades, al aventurar que no desincentivaría la "guerra del pasivo" o fomentaría la aparición de ofertas con suculentos regalos.

Además, algunos gigantes como BBVA o Bankia advirtieron de que la norma dañaría la competencia, ya que sólo penaliza principalmente a las entidades españolas, las que están obligadas a contribuir al FGD. A partir del mes de la publicación de la norma, los intereses en los depósitos de hasta tres meses no podrán superar en más de 150 puntos básicos el euríbor a ese plazo, lo que con los datos actuales supone un interés máximo del 2,934%.

Para depósitos de entre tres y doce meses, el interés no podrá pasar de 3,214 %, o de 150 puntos básicos sobre el euríbor a seis meses, y para los de más de un año, el 3,137 %, 100 puntos básicos sobre el principal referente para los prestamos hipotecarios a doce meses. En cuanto a los depósitos a la vista, la remuneración no podrá rebasar los 100 puntos básicos del euríbor a un mes (2,223 %).

El decreto deja en manos de la ministra de Economía, Elena Salgado, la posibilidad de modificar al alza o a la baja estos límites.

En cuanto a los recursos propios, la norma establece, en relación con las participaciones preferentes, qué activos pueden computar como tales y cuáles no y, en lo relativo a titulizaciones, pretende evitar que el riesgo se traslade completamente a la entidad de crédito o a la empresa de servicios de inversión. También se establecen límites a la exposición a grandes riesgos, de modo que la incapacidad para hacer frente a obligaciones de pago no provoque la venta "apresurada" de activos.

Según indicó el vicepresidente primero y portavoz del Gobierno, Alfredo Pérez Rubalcaba, en la rueda de prensa posterior al Consejo, este decreto trata de paliar la ausencia de regulación de algunos productos bancarios que están detrás de la crisis financiera, al tiempo que intenta frenar la "guerra del pasivo", que ha provocado "créditos más caros para todo el mundo"