Muchos factores justifican la necesidad de contar con la nueva Ley del Suelo de Canarias, pero el más reconocible es la confusa maraña legislativa que ralentiza hasta límites insoportables la gestión de la ordenación del territorio.

No olvidemos un dato que refleja cuál es la realidad de las Islas: 31 municipios canarios no han podido iniciar su adaptación al texto refundido de 2000 y, como media, se tarda 12 años en aprobar un plan general. Ninguna sociedad que pretenda crecer económicamente y crear empleo puede asumir estos plazos.

Así, los criterios que se han tenido en cuenta a la hora de redactar el proyecto de ley son, junto a los de claridad y transparencia, la simplificación y racionalización de los procedimientos.

En lo que respecta al funcionamiento de la APMUN -que con la nueva ley pasará a llamarse Agencia Canaria de Protección del Medio Natural (ACPMN)-, el ejercicio de las labores que tiene encomendadas deja en evidencia carencias que urge solucionar y que encuentran respuesta en este proyecto de ley.

Hay dos novedades fundamentales que incorpora el nuevo texto. La primera incide en la responsabilidad de quien vulnera la normativa urbanística, ya que establece que la legalización de una construcción que era ilegal en origen no supone la desaparición de la sanción. Con la Ley del Suelo la sanción se mantiene, sin perjuicio de que se pueda tomar en consideración su reducción.

La otra novedad refuerza la labor de la agencia como restauradora del territorio, y es que dos tercios de las cantidades que se ingresen por las sanciones irán destinados a programas de restablecimiento.

En aras de la simplificación y agilización de procedimientos, la nueva norma aclara de manera precisa el reparto de competencias entre la propia agencia, cabildos y ayuntamientos, tanto desde el punto de vista de las áreas de influencia como de las fases de tramitación de los expedientes (incoación, instrucción y resolución).

Se refuerza la disciplina urbanística simplificando el proceso sancionador y racionalizando el régimen de infracciones y sanciones. Hay en esta ley una mejor graduación en las sanciones, teniendo en cuenta atenuantes y agravantes.

Por otra parte, en aras de la certidumbre jurídica, se fija en diez años el plazo máximo de que dispone la Administración para hacer efectiva una orden de restablecimiento con excepción de las construcciones ilegales en los espacios naturales protegidos o los dominios públicos, donde la potestad de actuación de la Administración no prescribirá nunca.

La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural vive desde hace un año un proceso de renovación con el que pretende reforzar su faceta preventiva frente a las tradicionales funciones de vigilancia y sanción que han centrado su actividad desde su creación.

Este proceso de cambio se ve también reflejado en la nueva Ley del Suelo, que contempla la función de asesoramiento técnico y jurídico a los ciudadanos y colectivos sociales, aportando los instrumentos necesarios que nos permitirán anticiparnos a la comisión de infracciones. También se ha reforzado la faceta formativa e informativa de la agencia con la firma de convenios con las dos universidades canarias.

La APMUN necesita evolucionar hacia un nuevo modelo de organismo que responda a la realidad de una sociedad cada vez más madura y concienciada, más responsable con el uso del territorio.

Queremos impulsar la prevención y potenciar los buenos hábitos ambientales. Proteger, en definitiva, nuestro patrimonio natural junto a los ciudadanos, cabildos y ayuntamientos.

*Directora de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (APMUN)