UNO de los principales problemas con el que se encuentran los Estados que pretenden controlar al sector financiero mundial es la existencia distorsionadora de territorios que han desarrollado y aplican regímenes tributarios especialmente favorables a ciudadanos y empresas no residentes -que generen riqueza o traigan dinero y operen a efectos legales- en los mismos. Pero parece ser que a los poderes planetarios no les importa demasiado el coladero, y, siendo así, su existencia y encaje dentro del sistema supone una posibilidad que deberíamos investigar a fondo.

Típicamente, las ventajas que se ofrecen consisten en una exención total o una reducción significativa en el pago de los principales impuestos. En el paraíso fiscal o "tax haven" conviven habitualmente dos regímenes tributarios diferenciados y legalmente bien separados. Por un lado, el que afecta a los residentes y empresas locales, los cuales están sujetos al pago de impuestos como en cualquier otro país y, por el otro, el de los no residentes, que gozan de ventajas fiscales y suelen tener prohibida -pagando, eso sí, pueden hacer cualquier cosa- otras actividades económicas o de inversión dentro de esas fronteras. Para facilitar la separación de estas dos economías paralelas, usualmente se cuenta con legislación e instituciones especialmente reservadas a los no residentes, como los bancos "off shore" o las sociedades IBC (International Business Companies). Otro rasgo que identifica al paraíso fiscal suele ser la existencia de estrictas leyes de secreto bancario y de protección de datos personales. Es habitual que los datos de accionistas y directores de empresas no figuren en registros públicos, sino que se encuentren bajo la custodia de su representante legal, el llamado agente residente ("registered agent"). Las características concretas del "tax haven" han provocado que estos países, a menudo muy pequeños en extensión y población, hayan conseguido acumular un cuarto de la riqueza privada de todo el mundo, según el Fondo Monetario Internacional. Históricamente se los ha acusado de servir de cobijo a evasores de impuestos, terroristas y narcotraficantes, que esconden sus identidades tras sociedades "off shore", cuentas numeradas, directores fiduciarios, fundaciones, "trusts" o acciones al portador, pero eso no le importa a nadie.

En la legislación española, según el Real Decreto 1.080/1991, de 5 de julio de 1991, la lista de países con calificación de paraíso fiscal es la siguiente: Andorra, Antillas Neerlandesas, Aruba, Bahréin, Brunéi, Chipre, Emiratos Árabes, Gilbraltar, Hong Kong, Anguila, Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Bermudas, Islas Caimán, Islas Cook, Dominica, Granada, Fiji, Guernesey, Man y Jersey, Jamaica, Malta, Malvinas, Mauricio, Montserrat, Nauru, Salomón, San Vicente y Las Granadinas, Santa Lucía, Trinidad y Tobago, Islas Turcas y Caicos, Vanuatu, Islas Vírgenes Británicas, Islas Vírgenes EEUU, Jordania, Líbano, Liberia, Liechtenstein, Luxemburgo, Macao, Mónaco, Omán, San Marino, Seychelles y Singapur, aunque el concepto puede recoger a otro montón de países y zonas, como el Trieste italiano, Dublín, Madeira, o grandes potencias, como Estados Unidos, que cuenta con legislaciones en algunos Estados, como Delaware, Wyoming o Nevada, que de facto permiten una exención de impuestos para sociedades limitadas (LLC) en manos de extranjeros no residentes, siempre y cuando no mantengan un establecimiento físico en el país. El Reino Unido, sin ir más lejos, puede conceptuarse también como paraíso fiscal para personas con domicilio en el extranjero, incluso aunque sean residentes en el país (residencia y domicilio son conceptos legales separados), pues no pagan impuestos sobre los ingresos extranjeros que no se remitan al Reino Unido.

Dado que aquí el que no corre vuela, y constatada la generalización aceptada de fórmulas para listillos, hay que entender, como digo, que el mundo económico consiente que el financiero preserve lugares donde, por decirlo así, operar con el dinero garantizado. Planteado de otra forma, no pueden acabar con los paraísos porque entienden que son una de las claves del sistema capitalista. Ya ven ustedes cómo EEUU, Reino Unido o Italia están pringados hasta la coronilla.

Canarias cuenta con una zona "off shore", que es un término del idioma inglés que literalmente significa ''en el mar, alejado de la costa''; en este caso una especie de "paraisillo parcial" para empresas que colocan productos o añadidos en el exterior, la ZEC, que no incluye actividades financieras, y esto mismo podría representar por sí solo una magnífica herramienta de cara a nuestra posición tricontinental.

Ampliar la zona "off shore" añadiendo excepciones fiscales a las actividades financieras, volviendo incluso a los Puertos Francos, podría ser una magnífica autoaplicación.

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