Los abogados del presidente del Gobierno, Fernando Clavijo, están trabajando en un recurso con el objetivo de dilucidar la jurisdicción a la que corresponde el ''caso Grúas'', tras el auto del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), emitido ayer con el voto particular contrario del propio presidente del Alto Tribunal, Antonio Doreste. Con este movimiento, las diligencias van camino al Tribunal Supremo

El auto judicial, elaborado como respuesta a un recurso de súplica solicitado por el exalcalde de La Laguna, añade un elemento novedoso que sostiene que el TSJC nunca fue competente en este procedimiento, por lo que la causa nunca salió del Juzgado de La Laguna. A raíz de este galimatías jurisdiccional, la defensa de Clavijo considera que se produce una indefensión del presidente tras el cambio de criterio del TSJC, pues mientras en el auto anterior del 18 de noviembre de 2018 decidió abstenerse en el proceso alegando que Clavijo había perdido su condición de aforado al aprobarse el Estatuto de Autonomía -que suprimía los aforamientos- y la causa debía volver al Juzgado de La Laguna, en el pronunciamiento de ayer afirma que su "única" actuación en este proceso fue recibir la exposición razonada que le remitió el pasado 4 de septiembre de 2018 el tribunal lagunero y "dar traslado de ella al Ministerio Fiscal".

"Se trata de un mero registro de actuaciones", precisa el auto, que está avalado por las magistradas Carla Bellini y Margarita Varona, por lo que el TSJC "nunca, hasta el día 14 de noviembre de 2018, se había pronunciado acerca de su competencia para el conocimiento de estas actuaciones", y "hasta que no se produce la aceptación de la competencia, mediante auto razonado, no comienza en esta Sala -de lo Penal del TSJC- la asunción del procedimiento en curso". Esto significa que "ni el Ministerio Fiscal ni tampoco este Tribunal han comprendido que le corresponde el conocimiento" de las actuaciones llevadas a cabo en el Juzgado de La Laguna, por lo que se entiende que la causa sigue en ese juzgado.

Alrededor de esta tesis se fundamentó el segundo informe de la Fiscalía Superior de Justicia del pasado 11 de diciembre para desestimar el recurso de súplica de Clavijo, en donde el presidente reclamaba que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias continuara instruyendo el caso, aunque perdiera el aforamiento, al entender que las causas ya abiertas, antes de aprobarse el Estatuto de Autonomía, el 6 de diciembre de 2018, debían seguir con la misma tramitación.

Antonio Doreste aclara que las razones del "disenso" están basadas en el hecho de que el criterio defendido choca con la realidad material: después de que la exposición razonada fuera remitida hace varios meses a la Sala resulta difícil aceptar, a estas alturas del procedimiento, que la Sala nunca haya tenido abierta una causa penal. Ello implicaría la adopción de una posición extremadamente formalista o rigorista", expone Doreste, lo que, a su juicio, "debe quedar descartada desde que se entienda que la propia disputa sobre la competencia, es decir, el debate en el que la Sala se encuentra hace dos años (si se toma la fecha de la primera remisión de la exposición razonada -28 de noviembre de 2017-) o desde hace varios meses (si se toma la fecha de la segunda exposición razonada el 4 de septiembre de 2018) constituye materialmente un proceso abierto, un procedimiento ante este tribunal". Asimismo, a lo largo de este tiempo se han recabado distintos informes del propio Ministerio Fiscal, así como las diligencias para pedir documentación a todas las partes, incluyendo a quienes han interpuesto la querella, los partidos de la oposición en el Ayuntamiento de La Laguna, Unid@s se puede y Por Tenerife-Nueva Canarias. Tampoco se tiene en cuenta un informe de la Fiscalía Superior de Justicia, remitido a la Fiscalía General del Estado, donde se concluye que en la actuación del presidente del Gobierno de Canarias en el caso Grúas no se aprecian indicios de criminalidad en la comisión de los presuntos delitos de malversación de fondos públicos y prevaricación, por lo que se propone el archivo de la causa. El estudio fue supervisado por el secretario técnico de la Fiscalía estatal, Fernando Rodríguez Rey, en cuyo departamento se mantuvieron retenidas estas conclusiones a la espera de la aprobación del Estatuto de Autonomía de Canarias, el pasado 6 de noviembre. Ese informe nunca vio la luz, sino los dos posteriores, donde la Fiscalía Superior de Canarias sostiene que el TSJC no es competente, al perder Clavijo el aforamiento y, en un segundo escrito, donde afirma que nunca tuvo conocimiento de la causa porque nunca abrió proceso alguno y, por tanto, nunca salió de La Laguna.