Más de veinte personas estaban acusadas por delitos de prevaricación administrativa, estafa y falsedad por la descalificación de viviendas de protección oficial (VPO), y las "dilaciones indebidas" que se han producido han facilitado un acuerdo por el cual más de cinco de ellas han sido absueltas.

Y la quincena de personas para las que la Fiscalía mantiene la acusación han visto reducida la petición de pena hasta un máximo de un año en unos casos y a seis meses en otros, cuando para algunos la solicitud inicial era de seis años de prisión. Cuatro de los acusados están en situación de rebeldía, entre ellas el principal encausado, lo que hace que la causa continúe para ellos.

Tras la conformidad dada por los acusados que asistieron hoy el comienzo del juicio en la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife el tribunal ha indicado que vista la conformidad con los hechos y las penas el debate surge en el ámbito de la responsabilidad civil. Por ello el juicio se reanudará el lunes próximo pero sólo para debatir la responsabilidad civil.

Las "dilaciones indebidas" se han producido desde el inicio del procedimiento abreviado en 2005 porque presuntamente se habían cometido delitos de prevaricación administrativa, estafa y falsedad documental en la descalificación de viviendas de protección oficial (VPO).

Los delitos de cometían mediante el pago de entre 2.000 a 9.000 euros que cobraban dos empleados del Instituto Canario de la Vivienda para que desaparecieran las limitaciones asociadas a la categoría de VPO para permitir su venta sin necesidad de acudir al precio máximo fijado legalmente.

El fraude facilitaba la posibilidad de establecer un valor libre de mercado o que los dueños acudieran a operaciones de financiación de créditos que serían inviables de haber seguido siendo consideradas sus casas como de protección oficial.

En el escrito de la fiscalía se señala que los propietarios afectados pagaban un precio en la creencia de que recibían un certificado oficial de descalificación,y de ese modo devolvían las ayudas o subvenciones públicas obtenidas para la compra de las viviendas de protección oficial.

Añade que en la apariencia de legalidad los propietarios acudían o bien directamente o a través de los acusados a liquidar el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, siendo necesario el pago del impuesto a los efectos de inscribir la liberalización de las viviendas en los registros de la propiedad.

Y al no estar cruzados los archivos de los registros con las bases de datos del Instituto Canario de la Vivienda no se detectaban las anomalías e irregularidades.