La Sección VI de la Audiencia Provincial de Las Palmas estimó el recurso de apelación interpuesto por el empresario Miguel Ángel Ramírez, a la sazón presidente de la UD Las Palmas, contra un auto de noviembre del año pasado para que cumpliera una condena de tres años de cárcel por un delito contra la ordenación del territorio, vinculado con una construcción ilegal realizada en su finca de la zona de La Milagrosa, en un paraje de la capital grancanaria.

Ahora, el presidente de la Sección VI, Emilio Moya Valdés, y las magistradas Oscarina Naranjo y Mónica Herreras consideran que la responsabilidad penal de Ramírez por ese asunto ha prescrito y revoca el auto de hace apenas dos meses.

Además, determinan que contra esta resolución no cabe recurso alguno. En el auto divulgado ayer por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias se asegura que "para decidir sobre la prescripción tenemos en cuenta (...) el carácter de pena menos grave y los artículos 33, 133 y 134 del Código Penal", de los que se deduce que "el plazo de prescripción es el de cinco años". En esta ocasión se ha aplicado la nueva normativa del artículo 134.2 del Código Penal tras la reforma operada por la Ley Orgánica 1/2015, donde se contempla que tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena, el plazo de prescripción de la pena impuesta al penado por sentencia firme, es decir, tres años y un día de privación de libertad, "a día de hoy ha transcurrido ampliamente, encontrándose prescrita la pena". Cabe recordar que a Ramírez se le concedió un indulto parcial en el año 2013 y, cuando este fue anulado por el Tribunal Supremo al considerar que existía un defecto de forma, la Audiencia Provincial le otorgó una suspensión de la pena a la espera de que el Consejo de Ministros resolviera si procedía o no concederle la medida de gracia (2016).

Ahora, los mencionados magistrados reconocen que la reforma del Código Penal aprobada en 2015 beneficia a Ramírez a la hora de fijar en qué fecha ha quedado prescrita su condena.

Y, según su criterio, la pena impuesta en su día al empresario grancanario lleva ya casi un año prescrita, en concreto desde el 22 de febrero de 2017.