Las condiciones de trabajo y las compensaciones por las jornadas trabajadas siguen generando polémica en el seno del la Policía Autonómica en Canarias. Tras ganar un primer recurso ante los tribunales, la sección sindical de la Federación de Servicios a la Ciudadanía (FSC) de Comisiones Obreras ha vuelto a denunciar ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) la resolución de 22 de mayo de 2015 por la que se regulan la jornada y el horario de trabajo del Cuerpo General de la Policía Canaria (CGPC).

En un acuerdo aprobado en 2011, según Servando Mesa, secretario de la sección sindical de CCOO en la Policía Autonómica, existían compensaciones por trabajar en horario nocturno, los fines de semana y los festivos. Y por cada hora trabajada, el Ejecutivo otorgaba dos horas de descanso a cada agente.

En 2013, por parte de la Dirección General de Seguridad y Emergencias se aprobó una nueva normativa en la que se suprimían esas compensaciones con horas de descanso por trabajar en turnos y días que no son usuales entre los funcionarios.

Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC consideró irregular dicho conjunto de medidas, entre otras cosas porque no había sido negociado con las organizaciones sindicales.

Tras hacerse pública dicha resolución judicial, por parte de la Dirección General de Seguridad y Emergencias se convocaron una serie de reuniones para sacar adelante una nueva norma que regulara los horarios y jornadas.

A pesar de que en esos encuentros sí hubo representación sindical, la norma resultante no es del agrado de Comisiones Obreras, que ha decidido denunciar nuevamente.

Servando Mesa explica que en el documento aprobado por el Ejecutivo en mayo de 2015 sí se reconocen algunos derechos, como la jornada semanal de 37,5 horas para los agentes.

La prolongación del servicio (aquellas horas extras fruto, por ejemplo, de la redacción de unas diligencias por una detención hecha poco antes de finalizar su jornada) se paga "hora por hora"; es decir, una hora de descanso por hora trabajada.

En el caso de los servicios extraordinarios se pagan con una hora y media; es decir, por cada hora trabajada se compensa con una hora y media de descanso.

Además, desde Comisiones Obreras critican que la activación de agentes "por necesidades de servicio" se "aplica a todo". Así, se pueden dar casos de que, para eventos que se sabe que se van a cubrir desde un año antes, se puede incluir en el dispositivo a un agente que esté de vacaciones si es avisado 48 horas antes de empezar el operativo, a través del teléfono, correo electrónico o el tablón de anuncios de la sede del cuerpo de seguridad. Y eso puede darse si, por ejemplo, hay funcionarios de baja laboral.

Además, en estos momentos la plantilla de la Policía Autonómica no llega al centenar de agentes, incluidos los mandos del cuerpo de seguridad.

las claves

La sección sindical de CCOO en la Policía Autonómica canaria sigue sin estar conforme con la jornada de trabajo y el horario del personal aprobado en un acuerdo adoptado en mayo de 2015.

Servando Mesa (CCOO) asegura que no se debe otorgar las mismas horas de descanso a quienes trabajan noches, fines de semana y festivos, que aquellos que solo ejercen su labor entre lunes y viernes.

La normativa ratificada por la Dirección General de Seguridad y Emergencias del Gobierno canario se ha recurrido, por segunda vez, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ya otorgó la razón a los denunciantes del acuerdo adoptado por el Ejecutivo en el año 2013, por no haber contado con las organizaciones sindicales para negociar los nuevos horarios y la jornada laboral.