El Consejo del Gobierno de Canarias ha decidido hoy elevar al Consejo Consultivo la modificación del reglamento del registro de parejas de hecho para así regular el censo de los registros locales e integrarlos en el de Canarias.

Con esta medida, el Ejecutivo pretende adaptar la concreción reglamentaria de los documentos que acreditan el cumplimiento de ciertos requisitos, no sólo en el sentido de adaptarlos a la nueva exigencia de residencia legal en España, sino también a los efectos de adaptar los procedimientos ante el registro de parejas de hecho.

El portavoz del Ejecutivo canario, Martín Marrero, ha destacado hoy en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno la necesidad de regular con todas las garantías legales exigibles el trasvase del censo y los expedientes que obran en los registros locales a los efectos de su integración en el registro de parejas de hecho de Canarias, siempre y cuando cumplan los requisitos legalmente exigibles conforme a la Ley 5/2003, de 6 de marzo.

El Gobierno, en base a la ley, exige la residencia legal en España para quienes conforman la pareja así como su empadronamiento en alguno de los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Las parejas de hecho que estén inscritas en los registros de las entidades locales podrán ser reconocidas como parejas de hecho a los efectos de la legislación autonómica, siempre y cuando cumplan sus requisitos, para lo cual, se procederá al trasvase del censo y expedientes para su incorporación al registro de parejas de hecho de Canarias.