La Audiencia de Barcelona ha impedido a un hombre adoptar a los dos niños de su pareja, nacidos por maternidad subrogada en Tailandia, al entender que no hay garantías de que la madre gestante prestara su consentimiento "en libertad" y porque la ley española impide renunciar a un hijo antes de su nacimiento.

En su sentencia, que es firme, la sección 18ª de la Audiencia de Barcelona confirma así la decisión de un juez de Primera Instancia que impidió a un hombre adoptar a los dos hijos biológicos de su pareja, nacidos en Tailandia fruto de un proceso de reproducción asistida por gestación subrogada.