Un juzgado de Madrid ha condenado a 4 años y 4 meses de cárcel y a la retirada del carné a una acusada que atropelló en marzo de 2016 a un ciclista en una céntrica calle de la capital y que después huyó sin auxiliarle, pese a la "violenta" colisión que le desplazó 10 metros y le acabó provocando la muerte.

El juzgado de lo Penal número 13 de Madrid condena a la mujer por los delitos de homicidio por imprudencia grave y de omisión del deber de socorro y la obliga a indemnizar a la empresa del servicio municipal de bicicletas BiciMad por los daños causados.

Relata el magistrado en su sentencia los hechos que sucedieron durante la madrugada del 6 de marzo de 2016, cuando la acusada, al salir de un establecimiento en el que consumió "al menos" una copa de vodka, decidió coger su coche "aun siendo consciente de estar extremadamente fatigada".

Condujo por la madrileña calle de Alberto Alcocer, que se encontraba "iluminada" y sin ningún "factor meteorológico que disminuyera la visibilidad" y, al llegar a la confluencia con la calle Pedro Damián, realizó un giro de 180 grados para cambiar de sentido, una maniobra que no está permitida.

Después, circuló a una velocidad de entre 55 y 65 kilómetros por hora, el doble de lo permitido en una carril reservado prioritariamente para ciclistas y no advirtió la presencia de la víctima, a pesar de que ésta circulaba con el alumbrado delantero y trasero activado, de modo que el vehículo la embistió.

Como consecuencia del accidente, la víctima, de 33 años, se dio con la cabeza contra el capó del vehículo todoterreno que conducía la condenada y salió despedido, quedando tendido casi 10 metros más allá del punto del atropello.

Fue ingresada con pronóstico muy grave en el Hospital 12 de octubre debido al traumatismo cráneo encefálico y a otras lesiones de gravedad que le produjo el atropello y que horas después le causaron la muerte.

Mientras, la condenada, aun siendo consciente del atropello y de la colisión -"que fue de tal violencia que se desprendieron del todoterreno varios fragmentos de considerable tamaño del parachoques", además de otros daños-, huyó del lugar sin cerciorarse de cómo estaba la víctima ni de si estaba siendo atendido por otras personas.

Para el juez, existe prueba "abundante y concluyente" contra la acusada, que declaró en el juicio que cerró los ojos unos segundos porque estaba muy cansada y que no vio al ciclista, sino que solo sintió un vaivén, una versión que el magistrado "no considera creíble".

"Se considera inverosímil que el giro y la aceleración se puedan realizar sin estar despierto, al ser actos conscientes y voluntarios de conducción", señala en la sentencia.

En relación a la huida, califica el juez de "inveraz" la declaración exculpatoria de la acusada, que dijo que notó un bache y que, cuando miró por el retrovisor, no paró porque pensaba que habría sido una alcantarilla.

"De la violencia del atropello mortal no cabe la más mínima duda" de que el ciclista salió despedido y "tampoco de que la conductora lo percibió".

"La acusada no hizo lo que normalmente se haría, que es detener el vehículo y bajar del mismo, porque sabía con certeza lo que había pasado, esto es, que había atropellado al ciclista, si bien, dadas las altas horas de la madrugada, sobre las 4 de la mañana, era posible que nadie lo hubiera visto, de modo que optó por continuar adelante sin detenerse (...) buscando la impunidad", señala el juez.