El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy las renuncias de todos los síndicos vinculados a la convocatoria del 1 de octubre y la anulación de todas las decisiones que adoptaron para la celebración del referéndum independentista, tal y como les ordenó el Tribunal Constitucional bajo amenaza de multas.

De este modo, la convocatoria del referéndum no dispondrá de una suerte de junta electoral, ni podrá llevar a cabo las disposiciones que, en ese papel, resolvieron los citados síndicos.

El Constitucional multó con 12.000 euros diarios a los miembros de la Sindicatura Electoral central catalana, mientras que impuso 6.000 euros diarios a los síndicos territoriales nombrados por éstos.

La resolución del TC, que por primera vez aplicó la reforma que le permite imponer sanciones coercitivas para obligar al cumplimiento de sus resoluciones, exigía para no cobrar las multas no solo la renuncia, sino también que quedara sin efecto todo lo que los afectados hubieran realizado en pro del referéndum.

Así, señalaba que la multas se impondrían con periodicidad diaria hasta que los aludidos "justifiquen ante el Tribunal que han revocado las resoluciones adoptadas, paralizado por completo toda actuación considerada como incumplimiento de la suspensión del referéndum, y comunicado a los destinatarios de dichas resoluciones que las mismas han quedado sin efecto".

De este modo, la publicación de hoy por el BOE supone que las sindicaturas están disueltas por las renuncias de sus miembros y anuladas todas sus actuaciones de forma definitiva.

Fuentes del TC han explicado que las renuncias no obedecen a una decisión del Govern, por lo que éste no puede rehabilitarles ni siquiera temporalmente. Si lo hiciese y los vocales lo aceptasen, aunque fuese por un solo día, tendrían que pagar la multa completa.