El hombre que mató a su hijo de un navajazo en el corazón durante una riña familiar ocurrida en su domicilio de Telde (Gran Canaria) el 27 de abril de 2015 ha sido declarado hoy culpable de homicidio, por lo que afrontará una solicitud de condena de 10 a 14 años de prisión.

Durante el juicio, el procesado, Miguel C.S., alegó que no tenía la intención de matar a su hijo, sino solo de darle "una picadita" para que se asustara y dejara de pegarle, porque estaba "agresivo".

El Jurado que ha juzgado el caso durante esta semana reconoce en su veredicto que el apuñalamiento se produjo como colofón de "una fuerte discusión que degeneró en una pelea" entre padre e hijo, en la que el acusado esgrimió una navaja que intentó clavar "en varias ocasiones" a la víctima, hasta que acertó en el corazón.

Sin embargo, no cree que Miguel C.S., de 55 años, pretendiera solo "asustar" a su hijo. Al contrario, los jurados han determinado, por mayoría, que el procesado "tenía intención de quitarle la vida o, al menos, aceptaba esa posibilidad".

El tribunal sí acepta como cierto que fue el propio procesado el que instantes después telefoneó a la Policía para pedir una ambulancia para su hijo, al que reconoció haber "apuñalado".

El Jurado determina que este relato de hechos convierte a Miguel C.S. en culpable de un delito de homicidio, porque o bien tenía la intención de matar a su descendiente, o bien era perfectamente consciente de que podía acabar con su vida si le apuñalaba.

En vista de este veredicto, la Fiscalía de Canarias ha recomendado a la Audiencia de Las Palmas que condene al acusado a 14 años de cárcel por un delito de homicidio.

La defensa ha recomendado, en cambio, que al procesado se le imponga la pena mínima prevista para ese delito en el Código Penal: diez años de prisión.