El que fuera abogado de la familia de Carlos Cano, José María Rosales de Angulo, se sentará desde mañana en el banquillo de la Audiencia de Granada acusado de apropiarse de forma indebida de unos 480.000 euros, hechos por los que la Fiscalía le pide de forma provisional dos años de cárcel e inhabilitación.

El letrado, al que el Ministerio Fiscal atribuye un delito de apropiación indebida, será juzgado desde mañana a partir de las 9.30 horas y hasta el viernes en la Sección Primera del tribunal provincial.

Según recoge el escrito del Ministerio Público, al que ha tenido acceso Efe, a finales del año 2000, tras el fallecimiento del artista, el acusado era consejero delegado y apoderado de la sociedad Dalur SL, a través de la cual Cano facturaba su actividad profesional, cobraba derechos de autor y hacía otros gestiones.

La acusación pública indica que Rosales de Angulo fue, además, la única persona autorizada para operar con sus cuentas bancarias, administrador solidario y de hecho de la referida sociedad en exclusividad hasta el 12 de abril del 2005.

En esa fecha fue cesado en su cargo ante la desconfianza que generó en la viuda y las hijas de Carlos Cano su negativa a ponerlas al corriente de la situación patrimonial de la empresa y a la falta de fondos en la sociedad, pese a los ingresos que debían existir.

Nombrado un nuevo administrador por la familia y ante la imposibilidad, pese a los insistentes requerimientos, de que el acusado aportara la documentación necesaria para determinar los ingresos existentes y el destino del patrimonio social de Cano, la familia contrató a una empresa auditora en julio del 2008.

Tras analizar la escasa documentación entregada y los documentos encontrados, dos años después, señaló que el administrador de la sociedad no había aportado o no disponía de la documentación contable obligatoria que permitiera el seguimiento y comprobación de las operaciones hechas en el período entre el 1 de enero del 2001 y la fecha del cese.

Por tanto, era imposible dictaminar sobre la "razonabilidad" de las cuentas anuales de los ejercicios 2001 a 2004 de Dalur y sobre si estas expresaban en todos sus aspectos significativos la imagen fiel del patrimonio y la situación financiera al 31 de diciembre de esos años, recoge la fiscalía.

Se determinó también la imposibilidad de verificar la "razonabilidad" de los gastos registrados en concepto de "otros" por importe de 469.519 euros para el ejercicio del 2004.

Tras la práctica de la prueba pericial por un perito contable, nombrado por un juzgado instructor, se constató que el acusado no había aportado la documentación contable de obligado cumplimiento en los ejercicios 2001 a 2004.

No obstante, de lo declarado en las cuentas anuales de los ejercicios del 2001 al 2003 y en el impuesto de sociedades del 2004, extractos bancarios de Dalur, ingresos declarados por clientes de la entidad y la documentación encontrada, se ha determinado que la sociedad ingresó en concepto de cobros del 2001 al 2004 un total de 1,01 millones de euros.

Teniendo en cuenta distintos conceptos de deudas y gastos, restaría un total de 480.563 euros no justificados que el acusado, según el Ministerio Fiscal, "con ánimo de ilícito beneficio, hizo suyos ilegítimamente".