El Consejo de Garantías Estatutarias (CGE) ha avalado por unanimidad la constitucionalidad de la ley de acompañamiento de los presupuestos del Govern para 2017, al estimar que todas las medidas fiscales, financieras y administrativas que contiene se ajustan a la Constitución y al Estatut.

Después de que el Consejo de Garantías Estatutarias dictaminara la semana pasada que la disposición adicional de los presupuestos referida al referéndum es inconstitucional, hoy ha dado a conocer su dictamen sobre la ley de acompañamiento a las cuentas del Govern, que había sido solicitado por Ciudadanos.

En su dictamen, de 88 páginas y cuyo ponente es Pere Jover -jurista elegido por el Parlament a propuesta del PSC-, el Consejo de Garantías Estatutarias establece que los diferentes impuestos y medidas contenidas en la ley analizada "no vulneran" la Constitución" y "encuentran amparo" en el Estatut.

Entre las medidas avaladas por el Consejo de Garantías Estatutarias se encuentran, por ejemplo, el impuesto sobre el riesgo medioambiental de elementos radiotóxicos, el impuesto sobre bebidas azucaradas, el impuesto sobre grandes establecimientos comerciales, el impuesto sobre las estancias en establecimientos jurídicos o el impuesto sobre las viviendas vacías.

Algunos de estos impuestos, como el de las nucleares y el de grandes establecimientos comerciales, tuvieron que ser reelaborados por el Govern con un nuevo enfoque medioambiental, para esquivar el veto del Tribunal Constitucional (TC) a versiones anteriores de estos tributos que el alto tribunal había cuestionado.

El Consejo de Garantías Estatutarias también considera ajustada a la ley la decisión del Govern de cambiar los criterios para beneficiarse de la deducción fiscal incrementada por inversión en vivienda habitual que existe en Cataluña, una medida que afectará a un tercio de los beneficiarios actuales, unos 250.000, según datos de 2014.

Este cambio normativo, incluido en la ley de acompañamiento de los presupuestos de 2017, consiste en la práctica en que aquellos contribuyentes que tengan una base imponible de más de 30.000 euros y que sean mayores de 32 años dejarán de beneficiarse de una deducción por vivienda habitual del 1,5 % que estaba incluida en el tramo autonómico del IRPF.

Este organismo, cuyos dictámenes no son vinculantes, también avala la decisión del Govern de suprimir otra deducción por inversión en acciones de sociedades que cotizan en el Mercado Alternativo Bursátil, medida que tendrá un impacto de 1,2 millones de euros, según cálculos del gobierno catalán.

El CGE avala igualmente los artículos de la ley de acompañamiento relativos al suministro de información a la Agencia Tributaria de Cataluña, las funciones de la Agencia de Seguridad Ferroviaria y el plazo de prescripción de las acciones de la Generalitat en la normativa aplicable a las subvenciones.

También se ajusta a la legalidad constitucional, según el CGE, la disposición adicional sobre la modificación o resolución de contratos públicos como consecuencia de medidas de estabilidad presupuestaria.