El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy los reales decretos que fijan el salario mínimo interprofesional para 2017 en 707,70 euros, lo que supone una subida del 8 %, y la revalorización de las pensiones y otras prestaciones sociales públicas en un 0,25 %.

El incremento del salario mínimo tiene en cuenta, según el BOE, la mejora de las condiciones generales de la economía, mientras que la subida de las pensiones en un 0,25 % es el mínimo legal establecido en la fórmula de revalorización introducida en la última reforma de pensiones.

El incremento del 8 % del salario mínimo es el más alto de los últimos 30 años y responde a un pacto entre el Gobierno y el PSOE como contrapartida al apoyo de los socialistas a los objetivos de déficit y el techo de gasto del Estado para 2017.

De esta forma, el salario mínimo queda fijado en 23,59 euros diarios o 707,70 euros mensuales para "cualquiera actividad en la agricultura, la industria y los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores".

Según recoge el BOE, en el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía.

Para los trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días, el salario mínimo queda fijado en 33,51 euros por jornada, en tanto que para los empleados de hogar que trabajen por horas, en régimen externo, queda fijado en 5,54 euros por hora trabajada.

Según el BOE, el real decreto sobre salario mínimo ha sido consultado con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.

En cuánto a las pensiones, la subida del 0,25 % a partir de mañana, fija la pensión máxima en 2.573,7 euros al mes o 36.031,80 euros al año.

Por contra, la pensión mínima de jubilación de una persona con 65 o más años y cónyuge a cargo queda en 786,90 euros mensuales, los que no tengan cónyuge cobrarán un mínimo de 637,70 euros, mientras que los que tienen cónyuge pero no a cargo percibirán 605,1 euros.La cuantía mínima de la pensión de viudedad para titulares con 65 años será de 637,7 euros.