La Audiencia Nacional condenó a dos años de prisión a un padre acusado de un delito de sustracción de menores por llevarse desde Colombia a España a la hija que tuvo con su mujer, de la que no estaba separado, lo que supone el primer caso de este tipo, según el abogado de la mujer.

"Es la primera sentencia en España que establece la penalidad de esta conducta en parejas no separadas y, por tanto, sin régimen de custodia establecido por resolución judicial", destacó el abogado de la mujer, Simón Fernández Rebollo.

La pareja, ambos de Sevilla, se casó el 14 de junio de 2012. La hija nació en la ciudad andaluza en diciembre de ese año y en septiembre de 2013 la mujer aceptó un trabajo en Bogotá en una empresa de consultoría a pesar de las reticencias del marido, que estaba en paro.

El padre, tras una crisis matrimonial, se llevó a la hija en diciembre de 2013 desde Bogotá a Madrid sin permiso de ella, que le denunció, aunque el Juzgado Central de lo Penal le absolvió en 2015 de sustracción de menores, sentencia que ahora ha revocado la Audiencia Nacional.