Un informe de la Policía Judicial, que se remonta a mayo de 2011, vinculado a las diligencias previas (578/2010) abiertas por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de Los Llanos de Aridane por supuestas irregularidades que afectan a la zona del puerto de Tazacorte, contradice la versión de Puertos de Canarias sobre la legalidad de las obras que desarrolla la empresa en el muelle de Tazacorte.

Según el equipo de Delitos Urbanísticos de la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Guardia Civil en Santa Cruz de Tenerife, todas las instalaciones ejecutadas no tienen licencia y requerían de ese permiso municipal para poder realizarse, por lo tanto son ilegales.

La Policía Judicial afirma que, "a juicio de la fuerza instructora, excepto la construcción de los pantalanes deportivos del puerto de Tazacorte, que son infraestructuras sobre el lecho del mar, el resto de construcciones (edificio de Capitanía, casetas, pérgola, almacenes, astilleros y aparcamientos) necesitan licencia municipal. Sin embargo, se han construido sin la preceptiva licencia de obras del ayuntamiento".

Los investigadores confirmaron que existe proyecto de obra que ampara la globalizad de los trabajos realizados desde que el Gobierno de Canarias otorgó la concesión de 30 años de explotación a Satocan. Sin embargo, por lo que respecta a la licencia, la empresa solicitó al ayuntamiento de Tazacorte cuatro permisos que no recibieron respuesta: para aparcamiento (10 de diciembre de 2009), de quiosco, pérgola y casetas de información (10 de diciembre de 2009), para el edificio de Capitanía (23 de marzo de 2009) y para talleres de almacén y astillero en la marina seca (14 de febrero de 2010).

En un informe jurídico del ayuntamiento se dice que no se resolvieron esas licencias por no haber documentos legítimos (planes urbanísticos) que las amparen, pero se justifica que no es necesario otorgarlas en base a la Ley de Puertos. La Policía Judicial lo desmiente tras confirmar que esa excepción (artículos 20 y 21 de la Ley de Puertos de Canarias) "sólo se refiere a obras realizadas sobre el lecho del mar, en aguas interiores que no estarán sujetas a control municipal", es decir, el conjunto de estructuras que sirvan de base a la actividad portuaria.