Quien se embarca en la nave del respeto a la vida no es un náufrago que va a la deriva; es, más bien, un pasajero intrépido que sabe dónde tiene que ir y cómo mantener firme el timón en la justa dirección

(Albert Schweitzer)

EL PRÓXIMO día 24 se celebrará nuevamente en España el Día Internacional de la Vida. Una iniciativa que surgió para reivindicar el derecho a vivir que tienen las personas desde su concepción hasta su muerte por causas naturales. Se trata, pues, de una cita con la vida y con la suerte de los más indefensos.

Aunque apostar por el derecho a la vida debe dirigirse hacia todos los seres humanos (embrión, ancianos, condenados a muerte por sentencia judicial, etc.), en este artículo voy a referirme solo al aborto. Y lo voy a hacer saliendo al paso de la prevista reforma de la Ley del Aborto que el Gobierno piensa aprobar para modificar la ley en vigor. Con ella, el Ejecutivo pretende que, de una vez por todas, en España esté garantizado el derecho a la maternidad a fin de responder a quienes consideran el aborto como única alternativa ante un embarazo no deseado, denunciando la presión a que se ven sometidas las mujeres que en algunos casos se ven obligadas a renunciar a su derecho de ser madres por la presión que generan a su alrededor determinadas estructuras de tipo familiar, laboral, social, etc. Es decir, con la reforma de la Ley del Aborto el Gobierno pretende que ninguna mujer debería verse obligada a renunciar a la maternidad o tener que recurrir al aborto por cualquier tipo de conflicto.

Estoy en contra del aborto porque considero que si un hombre y una mujer quieren realizar el acto sexual pero no desean tener un hijo, existen diversos recursos para evitar un embarazo. Ahora bien, si por no tomar precauciones se produce la gestación, recurrir al aborto no es lo más lógico ni acertado, ya que por un momento de placer se destruirá una vida, un ser humano indefenso e inocente que tiene derecho a vivir.

La vida humana debe ser protegida siempre desde que comienza tras la fecundación hasta el mismo momento de su muerte biológica, sin excepción de ningún tipo, sea por razones de edad, grado de desarrollo, calidad de vida, salud o cualesquiera otras circunstancias. Si alguien (médico, parlamento, Gobierno, etc.) se arroga el derecho a definir quién es humano o no y, en consecuencia, quién tiene derecho a la vida, ya habremos entrado en la senda del totalitarismo y de la cultura de la muerte. Si se quiere defender la vida hay que afirmar que ningún ser humano, institución o poder público goza del derecho de disponer de ella.

Los partidarios de la interrupción voluntaria del embarazo afirman que el aborto es un derecho de la mujer, pues al tratarse de su cuerpo ella puede decidir qué hacer. Para esta gente, lo que la mujer tiene en su interior en el embarazo no es más que un tumor que hay que extirpar, ya que al no tener autoconciencia no es persona ni ser humano. Si se desprendiera voluntariamente de su hijo, la mujer estaría decidiendo no sobre su propio cuerpo, sino sobre el de un ser que no es ella, aunque temporalmente esté dentro de su vientre. En un embarazo, pues, hay dos vidas y dos cuerpos.

La ciencia médica y la biología afirman que una vida humana comienza en el momento de la fecundación del óvulo por el espermatozoide.

Cada vida humana es un flujo continuo que se inicia en la concepción y avanza por sucesivas etapas: cigoto, blastocisto, embrión, feto, bebé, niño, adolescente, adulto y anciano. Estas fases no cambian el consenso científico acerca de que en todo momento del desarrollo todo individuo es un miembro viviente de la especie humana, con el derecho a ser reconocido por su dignidad inherente y a la protección de sus derechos inalienables. Así lo reconoció el Tribunal Constitucional en su Sentencia 53/1985, de 11 de abril, y lo ampara la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como otros instrumentos internacionales. En consecuencia, no existe ningún derecho al aborto bajo el derecho internacional. No existe, asimismo, algún tratado de las Naciones Unidas que pueda ser citado con precisión para establecer o reconocer un pretendido derecho al aborto.