El Consejo de Gobierno, celebrado hoy, viernes, ha aprobado el decreto por el que se regula la práctica de la cetrería como modalidad de caza en la comunidad autónoma de Canarias. Dicho decreto se aplicará, tanto a las personas que practiquen esta modalidad, como a las aves empleadas para ello. En cambio no será de aplicación a los parques zoológicos, al control de aves para prevenir accidentes en relación con la seguridad aérea, ni a la tenencia o empleo de aves rapaces no relacionado con actividades cinegéticas.

Asimismo, el decreto establece la prohibición de emplear rapaces nativas de Canarias o sus híbridos para esta actividad, y se relacionan 14 especies de aves rapaces, procedentes de la cría en cautividad, autorizadas para la práctica de la cetrería en nuestra Comunidad Autónoma.

La cetrería es una modalidad de caza, en la que mediante rapaces adiestradas, se cazan especies de fauna silvestre en su hábitat natural. En el año 2010 la UNESCO declara a la cetrería Patrimonio Cultural Intangible de la Humanidad.

En Canarias, las primeras referencias históricas a la práctica de la cetrería se remontan al siglo XVI, si bien no es hasta finales del siglo XX cuando resurge su práctica en algunas islas. No tenemos constancia de la práctica de esta actividad en las islas hasta que, en los años 60 del pasado siglo, aparecen los primeros cetreros autodidactas coincidiendo con la publicación del libro "El arte de la cetrería", de Félix Rodríguez de la Fuente, y con la llegada de cetreros procedentes de la península.

A partir de los años 90, también del pasado siglo, el establecimiento de los servicios de dispersión de aves en los aeropuertos y las exhibiciones cetreras en establecimientos hoteleros y parques zoológicos, contribuyeron a popularizar la cetrería de manera que, en la actualidad, aunque sigue siendo una afición minoritaria, cuenta con practicantes en casi todas las islas.

Como modalidad de caza, mediante la orden canaria de caza, se autorizó por primera vez su práctica en Gran Canaria, en 1999; en El Hierro, en 2004; y, en Tenerife, en 2011.

La práctica de la cetrería en Canarias, debidamente regulada, puede ser compatible con la conservación de la biodiversidad, siempre y cuando se garantice que se emplearán especies que no sean propias de las islas, y que procedan de la cría en cautividad autorizada, que estén debidamente controladas e identificadas, y que su liberación para la práctica cinegética se realice en las épocas y lugares regladamente establecidos.

La Ley de Caza de Canarias, en su Disposición Final primera, autoriza al Gobierno de Canarias para dictar las disposiciones reglamentarias necesarias con el fin de regular y autorizar, como modalidad de caza, la práctica de la cetrería mediante el empleo de aves rapaces, fijando las condiciones necesarias para su ejecución en orden a la protección y conservación de la fauna.