La Audiencia de Vizcaya ha ratificado una sentencia anterior y ha condenado a un cirujano a indemnizar con 2 millones de euros a un paciente que sufrió una lesión medular y quedó parapléjico en el transcurso de una operación para corregir un problema digestivo.

La resolución responsabiliza del fallo quirúrgico al cirujano, Julio F.P., y rechaza el argumento de la defensa para atribuir parte de la negligencia a los médicos que acudieron a auxiliar al ahora condenado cuando, durante la operación, ocasionó una importante hemorragia al paciente.

Por ello, el citado cirujano digestivo deberá pagar los 1,7 millones de euros que dictaminó en primera instancia un Juzgado de Bilbao, más los intereses de demora, según se recoge en la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe.

La compañía aseguradora Zurich deberá responder solidariamente de hasta 600.000 euros, límite máximo de la póliza suscrita por el médico condenado, que deberá asumir el resto de la indemnización ya que el tribunal también rechazó corresponsabilizar de lo ocurrido a los ayudantes del equipo del cirujano.

La operación, según la sentencia fechada el 18 de febrero, se realizó el 31 de mayo de 2007 en la Clínica Vicente San Sebastián de Bilbao.

El paciente, Juan U.I., que en aquel momento tenía 39 años, sufría una acalasia, una patología que "consiste en una falta de relajación del esfínter interior del esófago, lo que comporta dificultades en su vaciamiento" y provoca, en mayor o menor medida y según los casos, "regurgitaciones, dolores torácicos y adelgazamiento", se apunta en la sentencia.

La intervención corrió a cargo del doctor Julio F.P., auxiliado por otros dos médicos. En un momento de la operación se produjo una "hemorragia cuantiosa que no se consiguió cohibir ni tampoco objetivar su origen", por lo que se decidió llamar a otro equipo de cirujanos torácico y vascular.

Este segundo equipo decidió realizar una "toracoesternotomía" (sección quirúrgica de la pared torácica), para exponer y controlar la aorta torácica, de la cual se sospechó provenía el sangrado, y procedió "al cierre del defecto de la aorta, localizado en la cara anterior de la aorta, de un centímetro de tamaño aproximadamente, consiguiéndose el control definitivo de la hemorragia".

Tras esta intervención, el doctor Julio F.P. practicó la cirugía inicialmente prevista.

El paciente fue trasladado a la UCI, donde al día siguiente se le diagnosticó una "posible sección medular completa". Posteriormente el Instituto Guttman, especializado en este tipo de problemas, lo confirmó: "lesión medular longitudinal, por debajo de D10, secundaria a isquemia medular, causada ésta por la disminución del riego sanguíneo provocado por la hemorragia sufrida y por las maniobras efectuadas para su control y subsanación".

La primera sentencia reconoció las versiones "radicalmente contradictorias" de los peritos presentados por ambos equipos de cirujanos a la hora de determinar cuándo se produjo la lesión, pero añadió que la intervención que inició el doctor condenado "no debería haber provocado una hemorragia de vaso principal".

La sentencia de la Audiencia va mas allá al determinar que "merced a la intervención" de los dos cirujanos que acudieron a auxilar a Julio F.P. el paciente no falleció ya que lograron frenar el sangrado.

La resolución ciñe la culpa en Julio F.P. al concretar que ocasionó "un daño absolutamente desproporcionado en relación a una intervención" que iba a realizar.

En consecuencia, el juez condena al doctor Julio F.P. a indemnizar a su paciente por los daños físicos causados, los perjuicios económicos que deberá afrontar el demandante al no poder proseguir con su carrera como ingeniero de caminos y por los gastos a los que tendrá que hacer frente para, entre otras cosas, adecuar su vivienda a su condición actual.