Los juzgados de lo Contencioso Administrativo números 2 y 3 de Santa Cruz de Tenerife emitieron sendas sentencias por las que el Ayuntamiento de Granadilla de Abona se evita el pago de casi 80.000 euros a la Asociación de Bomberos Voluntarios Guayota, el grupo anterior a la creación y puesta en funcionamiento del que actualmente opera en el municipio, denominado V-4.

La sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 estima el recurso que interpuso el consistorio pidiendo la anulación de un acuerdo plenario por el que se le reconocía a Guayota el pago de 77.499,9 euros por los servicios que prestó durante el periodo comprendido entre octubre y diciembre de 2007. La decisión judicial se sustenta en los informes emitidos por los técnicos municipales, en los que se constata que no está debidamente justificada la cantidad solicitada por la asociación y porque tampoco se produjo la fiscalización de la justificación de ese gasto.

Guayota llegó a pedir que no se aceptara este recurso por entender que el acuerdo para que le pagaran fue adoptado por el Pleno cuando la competencia en tal asunto la tenía la Junta de Gobierno Local. La jueza rechazó tal argumento explicando que quienes forman el segundo de los órganos municipales forman parte del primero de ellos.

Guayota presentó un recurso posterior reclamando, entonces, 79.500 euros, repitiendo el juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Santa Cruz de Tenerife los argumentos anteriores e insistiendo en la lesividad que la medida causa al Ayuntamiento de Granadilla de Abona.

Cabe recordar que Guayota dejó de prestar sus servicios en el municipio por iniciativa del gobierno local.