Resurrección Galera Navarro, la profesora de Religión de Almería a la que no se renovó por casarse por lo civil con un divorciado, ha expresado su satisfacción por la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que señala que no debió de sufrir discriminación por sus circunstancias personales.

Resurrección Galera Navarro ha afirmado que la sentencia "es un paso muy grande", y ha añadido sentirse "como en una nube", y que "después de tantos años esta lucha ha servido de algo".

La afectada, que vive en el municipio almeriense de Níjar, ha conocido la sentencia por los medios de comunicación y aún no ha pensado en volver a trabajar, si bien ha matizado: "No descarto nada".

Resurrección Galera, que trabajaba en un colegio público de Almería en el momento de casarse y que una vez terminado ese curso académico no le fue renovado el contrato, ha recordado que en siete años que desempeñó esa labor educativa nunca tuvo una queja por su trabajo.

Tras ser apartada de la docencia, Galera abrió junto a su marido, Johannes Romes, una casa rural en una finca ubicada en Níjar (Almería), negocio que aún regentan.

Según ha asegurado, la decisión de denunciar ante los medios de comunicación su situación hace diez años "no era para hacer daño", sino para "conseguir algo por nosotros y otros compañeros" que puedan verse en esta situación.

En este sentido, recuerda que tras la decisión del Obispado de Almería de no proponerla para continuar impartiendo religión fueron muchas las personas que se movilizaron en su apoyo, entre ella, profesores y padres de alumnos.

La sentencia es "positiva" porque es "pionera", ha recalcado Galera, que se ha mostrado convencida de que "creará jurisprudencia" para otros posibles casos.

Según ha explicado Galera, su intención es esperar a que el Juzgado de lo Social vuelva a dictar sentencia "teniendo en cuenta lo expuesto por el Tribunal Constitucional para decidir qué hacer", ya que es "una enamorada de la enseñanza".

El Tribunal Constitucional ha reconocido el derecho a no sufrir discriminación por sus circunstancias personales, a la libertad ideológica y a la intimidad personal y familiar de esta profesora, a la que no se le renovó el contrato para enseñar religión tras casarse por lo civil con un divorciado.

Así, el TC anula una sentencia de diciembre de 2001 del Juzgado de lo Social número 3 de Almería y otra de 2002 de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Esos tribunales habían desestimado las demandas de la profesora Resurrección Galera Navarro contra el Obispado de Almería, que no la propuso para continuar impartiendo religión porque no reunía las condiciones exigibles para defender la moral y la doctrina cristiana.