La Sección Segunda de la Audiencia Provincial tinerfeña ha condenado a Eduardo B.R.C. a cinco años de prisión y al pago de una multa, así como el abono de las indemnizaciones a los perjudicados de un delito continuado de estafa que se cometió desde diciembre de 2008 hasta mediados de 2009 en la capital tinerfeña.

El fiscal solicitaba una pena de siete años o como alternativa cinco años y medio por un delito continuado de estafa. Asimismo, el procesado debe indemnizar a los 34 perjudicados que han denunciado tras haber contactado con el acusado para alquilar viviendas sin que realmente estas estuvieran al cargo del acusado ni tuviera posibilidad ni autorización de los legítimos propietarios para arrendar dichos inmuebles.

Por su parte, la defensa negó los hechos, pero, sin embargo, alegó la supuesta dogradicción del cusado como atenuante.

Según la sentencia, el acusado venía ejerciendo funciones de mediador en el mercado inmobiliario lo cual hacía "colgando" anuncios en internet, ofreciendo sus servicios a otras entidades inmobiliarias o a través de una entidad no inscrita en la que hacía sus actividades fraudulentas y que inicialmente funcionaba con el nombre comercial de Inversiones Inmobiliarias Erco o, posteriormente, con la denominación de "Alquílate", teniendo un local donde ejecutaba las referidas actividades, sito en la calle Candelaria de esta capital.

El acusado, tras conseguir clientes y concertar la primera cita, les pedía pagos anticipados en distintos conceptos, encuentros en los que se presentaba en algunos casos como arrendador o propietario, otros como administrador, llegando incluso a comprometerse a facilitar un avalista frente al propietario, todo ello con la finalidad de ganarse la confianza de sus víctimas y cobrando un importe por ello, dando la apariencia de legalidad y seriedad en los que se apoyaba para construir los engaños.

Una vez conseguidos los pagos, el inculpado se desentendía del cumplimiento de lo pactado, llegando a dar evasivas para que no materializara el contrato. El acusado tenía pleno conocimiento de que no podía alquilar las viviendas. De hecho, en algunos casos cuando iba a acceder a las viviendas las llaves no se correspondían con las cerraduras, otras había gente dentro de la casa y, en otros casos tras cobrar una señal pedía un fiador. El procesado, en numerosas ocasiones, no cogía el teléfono cuando los perjudicados intentaban localizarlo. Los perjudicados son jóvenes que querían acceder a su primera vivienda o inmigrantes que buscaban conseguir un contrato de trabajo y necesitaban casa.