Los interesados en solicitar un préstamo para la financiación de enseñanzas de máster universitario y de doctorado podrán hacerlo a partir de mañana, domingo, al entrar en vigor la orden ministerial que regula este tipo de ayudas, y que ha sido publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Los préstamos a los que se refiere esta Orden están encaminados a la obtención de títulos oficiales que se impartan en España o los equivalentes en los países del Espacio Europeo de Educación Superior adaptadas al proceso de Bolonia, y de universidades de Estados Unidos, América y Canadá, mediante una ayuda inicial, así como, en su caso, una renta mensual a los estudiantes que lo deseen.

Según el BOE, aunque se mantienen las cuantías tradicionales, este año han sido adaptadas las condiciones en lo que se refiere al interés a abonar y a los períodos de carencia y de amortización.

Entre las nuevas condiciones para el acceso al préstamo, se establece un umbral máximo de renta de la base general y del ahorro/IRPF y el cumplimiento de una serie de requisitos establecidos en la Ley General de Subvenciones.

También se concretan más las obligaciones de los prestatarios y las mejoras en los procedimientos de autorización de los préstamos, así como el seguimiento del cumplimiento del objetivo del préstamo.

Los préstamos, tal y como se regulan en esta Orden, presentan unas características propias que pertenecen a una categoría de apoyo económico a los estudiantes, complementario a las becas y a las ayudas de estudios.

Las solicitudes se cumplimentarán mediante el formulario de inscripción accesible en la siguiente dirección electrónica: https://sede.educacion.gob.es.

Por otro lado, también ha sido publicada hoy en el BOE la orden ministerial por la que se conceden ayudas para estancias breves en España y en el extranjero a personal investigador en formación del Programa Nacional de Formación de Profesorado Universitario.